BCCPAM000545-2-13000000000000

518 Quando «puáida facar de la Igloña cal de. lINquertOeys 11.3 ITA Que luficiencia de edad, y: Lorras dóva te- ner elTuszy £244-0.13- Cómo “aya de portarfe en dar las femren- clas, n 144b1. Y cafe.la palabra fentencia. Como aya d e governarí£ quando vo ino- cente cf aculado: , y convencido de cul- Pr Ex45.1.15. Si pueda ¿la vna parte moftrar las infor- maciones de fu cóntratio, £246.n.16. No puede aplicarle +6 la pena pecunia- ría, que por fentenciaimpone, fol. 247. Mu, 17, 2.3 Dexé juegan fégun la opinion mas probá- DS. da pl 248,0410.18.y NUm:161. Grayemente peca por fu deícuydo fe dilatamucho la expedicion de las cau- las, sa ibi. num. 19. Quando pueda poner ¿4 tormen:o al reo, ¿ADA fol.295.,-num-Sx, , Ygale la palabra. Tormento, Como ca. irregular, dando fentencia de -, fángre, 1b1,f.310.1.104. Y cate la palabra 'Iy regular. ! No puede reccbir interés por dar (gnten- cia d favor de vno , que tenga igual ,ó mas probabilidad,que otro, os. Y 162». 5. 219 Si deva reftituir lo que recibio por elo, Ibisaúm; 165, coi Elto fe Enticndss queíea dinero, ó cofa, que lo. valga, peo num.166. *Tampoco pucde admitir la promefla,: que _guna cola, num.167. Licito es al litigante para redimir fu vexa- .“lonsofrecer al-Juez alguna coía,m1 68. Si pueda el Juez llevar interés por con= cluyr la cauía de yno , antes qué la de otro , num. 169, JURAME N TO. El que fe haze fin animo de: cumplirfe, no obliga; ni el de co/a :mala y ni ne- cellita de relajarfe, £.19.num.s. Bl juramento falío hecho en juycio , fuele [er pecado relervado cn las Religiones, fol,193 nunmt.27. pe ' : El tal ricne dos malicias diftincas en el o Quando fe pueda! ocular Y y por efle motiyo fe le haga, de darle al- - +, bob 44 UM 52 5 2 INDICE, .pecic, fol: 287, 0.67: Juez» queile “NTA CON juráme , Lol Pri +" Eno, V cafe la palabra Te/hgo. Que juramento amábologico fe Condene fo1.237. num,7o, ue : : Puede el rco potremor del TOLMENO fr grave, iuponeríe con amEbologia LX terna el deliéYque no hizo,£.298. 8 En que forma pueden 1ó$ ercáderes ju, rar amfibologicamente quando We fol. 347. UM. 41. : Falcar á la primera verdad del juramento es pecado mortal; ¿la fegunda yenia) ficado.en cola leve, E382m,68' » E LACTICINIOS. La coftumbre. de no comcrlos en la Qui. reía, obliga, £.451.0.099, Si obligue por precepto Ecleñaítico, ibi, nun, 209. No obliga en otros ayunos fuara de Qua- reíma; NUM.20f. Si — puedan: cometen los Domingos de Quarcíma, NU, 202. Si los pobres , que no tienen caudal para tomar Bula,puedan comerlos,num,203, Quienes puedan fin Bula comerlos en uareíma, nUM.204, Aunque vno esté elcufado de ayunar , no por ello podrá comer ladicinios,n. 205. - ' LEGADO. Que cola es, y de quanras maneras, f. 494. num. 284. Enel fuero de la conciencia , deve pa- «garíe luego, , num. 285. Eftá condenado el dezir, que dura por folps diez años el legado anual , que alguno dexa por fu- Almña, n, 287. Qurando celie cl legado anual, num.284 LEY. a | Puede fatisfacerfe la obligacion de la ley con yn aíto , que fca pecado, la

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz