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Sacerdote fe comfeffare 2 fu Licmpos 246. Elta propoficion habla en los terminos, que la antece- dente , y fi aquella dezia que el Sacerdote , que en calo de ne cellidad no teniendo copia de Confeísor celebra teniendo con ciencia de pecado mortal, y haziendo vn aéto de contriciod, no etá obligado por precepto a confelsarle defpues quanto an- tes , fino que elso folo es con: fejos cfta otfa propoficion lupo- niendo que el confelsaríe def pues quanto antes, fea precepto; dize que no obliga luego, fino quando el Sacerdote te huvie- re de confefar , O para cele- brar otra vez, Ó para cumplir el precepto anual, O para comul- gar Sc. 247. Digo lo1. El que'en ca: lo de neccflidad celebró hazien- do art:s- vn adto de centricion, para confeguir perdon de el pe- cado mortal; no teniendo copia de Cófefsor,eftá obligado defpues de celebrar 4 confefíarie quan- tO 'antes , Y por efte:quanto an- tos le entiende luego, y no ef perando al tiempo, en que el tal. Sacerdote fe avria' de con: fefsar para celebrar otra vez, 6 comulgar. Efta concluñion es eiertitsima, y la contraria es la sondenada - como improbable y Propoficion XX X1X Condenada. 469 en efta propoficion 39. Y con razon 3 porque fi el Sacerdote eftuviera obligado en el calo dicho 4 confelarle folo quan- do a fu tiempo le obligaíse la confefion , feria ociolo el pre- cepto del Concilio , que di: ze, quequam primum fe con- ficíse : elto no fe puede de: zir : luego ni tampoco , que aquel quanto antes le entienda del tiempo , en que el Sicer. dote fe aya de confeísar def pues. La major es cierta: por: que «dl Sacerdote por precep= * to Divino efia obligado á con- felsaríe para celebrar : luego Á en el caío, que por inopia de Confelfor celebro con vn ¿to de contricion , folo eftuviclse obligado 4 confefsarle , quan- do huvieíse de celebrará fir tiem- po, feria ociolo el mandato de el Concilio. 2438. Digo lo 2. ue aun. que aqui no Íe declara, quan- to tiempo aya de pañar «dede que fe acaba la Miba, hafta que fe ha de confebat-el qué la dixo" fin confelsión pot no tener copia de Confeísor3 ni condena el dezir , qué en aquel quam primum fe “puede “en- tender el efpacio de tres dias, como antesno áya de celebraríe otra vez ,O fetema falta de Con: feísor, lino fe haze antes de los tres dias la confeSion, comodize E e

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