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por: Baula Ys ejtan oy reva» bidadas. 229. Para mejer inteligencia; de cita propoficion tocaré algu- nas colas pertenecientes a la materia de Inculgencias; y fupen- go lor. que emel pecado fe hallan des colas la vna es la macula-, cenque fe afea el alma. en los.ojos de*Dies"5 y la otra, el reato- dela pena debida per la culpa 3 como rxpliquéen mis CONfer.p.s trab a.jebt. vlt.s.n s.f0l. 353. La macula fe quita con la pe- nitencia 5 el reato de la pena condona con las obras buenas, y can las Indulgencias 2305 Supongo lo 2 Que Iran 'gontia ei E trta qua, cer to AL1Gu0 OPprre tm tino, pe NE Ttmporalis pro piccaro debara remiuitur. O. le puede definir alí efi pana ¡emporalis pro peccatis alimalibus- ro mts ae buesrelaxasio de thelénro .om- mun? Preleliz ab" ¿o qui p Í fla tom haber. D: mare ra que del Fruforo de la leleña, que fe compone de los me Dtos d, Jelu. Chriíto, de MARIA Santuiflima Nucttra Scñrora, y otros Santos accio fu. M, gcítad Divina po teliud =1 Sumo Pontífice , para diítubu:r liculecncias, con: ue fe concona en las peras devidas Por los pecados perdonados ya Propoficion XXXVI. Condenada. 463 en: quanto a la macula. 231. Supongo lo 3. Que la Indulgencia ne perdona el pe- Cado en quanto á la culpa: ni puede perdonar la pena ererna, fino la temporal, que delpues de perdonada la culpa, le avia de purgar, o en eíta vida, o cn el Purgarorio: mi tampoco pue- de: perdonar. la pepa, fin- que preceda perdorada la-culpa pri= mero. -Supongo-lo 4. Que para fer valida la-cenceíion ae la la. dulgencia, le requiere €: ula pra», dolía, y heneíta; y para que fea licita , le requiere A. mas de e o, que-la cauía tea proporcionada con la Indulgencia concedida;y aunque algunos dizen ,. que: la. Incuigencia concedida con cau- la pisdo(a ,- aunque no propor: cionada con ella, es válida,gun- que le concede ilicitanente; pe» ro la mas comun opinion dize, que no folo es ilicita, finotam. bien invalida, fi la cauía noes Propurcionada. Sis cum Cayetano, Cordova y. Lajman., Y alijs tradit Palgo , Py tradt.:5 dijp URICAS HUIR MUA. 232. Supongo lo, 5. Que la Inaulgencia vna es total, Otra parcial: total es, la que conde. na toda. la pena temporal devi. da por-Jos pecados, y fniele lla. marie. plena, plemior , y plenif lima; la parcial es, la que per- dona parte de la pena; como Quando le conceden sleunos años, údias de perdon, O ln» dulgencia

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