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420 Trat,XxV 11 Explicanfe las Propof.cond, por Alex. VII, Preládo por caufa del eftudio co- mutar á loslc£tores el rezo Di vino. en fiete Plalmos , fiere Pa- dre nmueítros , y dos Credos. Torrecilla ibid. 2um. 27 136. Digo.lo 3. Que aunque parece , que en la propcficion condenada no fe habla de la obli gacion dereftituyr los fiutos,que incurre el Beneficiado, Ó Ca pellan, que por eftudiar no reza por íi_, fino por otro; pues la propoficion condenada, dezia, que el tal fatisfaze 41 obligacion; la qual puede entendetle, que ni pecava , ni cftava obligado á peltituyr , y puede condenaríe fol o en quanto á dezir , que no- pecava; y no en quanto á que nocftuvicie obligado a reftituyr; pero fe ha de dezir , que el Be- neficiado , que por cauía de los eltudios reza porotro., no folo peca, fino que tambien eftá obli. gado: 4 reflituyr los frutos. La razon es ; porque fon fcquelas el dezir :el Beneficiado peca en no rezar : luego el Beneficiado efta obligado á reftituyr los fru- ros. Sub fumo: Sed lic eft, que el Beneficiado que por cauía de los eftudios reza por etro, es Cierto que peca : luego tambien fera cierto , que cíta obligado 2 reflituyr: Dices. El que tiene vna dey- da ,queda libre de ella, Gotroen fu lugar la fatisfize al acrehédor: luego fi la: deuda, que el Bene- ficiado tiene de rezar, la fatif faze otro por él, quedará libre E la reftitucion ? Reípondo, que la deuda es real, fe podra (a. tisfazer por Otro tercero »Pero lila deuda es perfonal , no le cumplirá de-efle modo 3Y como la deuda del rezo Divino es períonal , de 21 es, que no fe latisfaze , ni libra de la obliga. cion de la reftitucion , aunque le reze por otra tercera períona, XXII.PROPOS.CONDEN; No es contra juficia no dar gras ciofamente los Benneficios Eco elefiaftscos , porque el queda dichos Beneficios por algun interés proprio , mo lo pude, porque da el Beneficio y fimo por el provecho temporal , que Mo tensa obligacion de dar 137. - Supongo lo 1. Que el. Beneficio . Ecclefiaftico. El is. perpetuum percipiendi> fruétus ex bons Ecclefiafticis , ob aliquod officium Jpiris Fale autboritate Ecticfa conflititimas, De manera , que cm el Dene- ficio Ecclefiaítico (e corfideran trescofas: La piimerala obliga" cion, que el Beneficiado tiene Salguna fiicion, o minifterio cf pititual: La fegundá; el drecho, que tiene á percebit Jos frutos de los bienes Ecclefizfticos; Y BCE cerálos miímos frutos ,y bienes Ecclefiaflicos ; eftos fon pe

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