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410. Trafl. XV 11. Explicanfe las Propof Cond por Alex Y 17, dos cofas. La vna, que era lici- to al Religiofo , ó Clerigo ma- tar 4 Qualquicra, que amena: zolle infamarle 4.él , o 4 fu Re- ligion , publicando algunos. de- litos graves, quando no-avia otro medio.» para ocurrir dá ef fe: diño. La otra parte, que contenia la propoficion conde- nada, era dezit , que no Íe juz- gava avia otro remedio , para ocurrir 4. elsos daños, fino el matar, quando el calumniador eftava difpuefto, y reluelto 4 dar en cara con tales delitos al Re ligioío,, O publicar los defe£tos graves de lu Religion en prefen- cia de perlonas de mucha auto:1- dad. 113. Digolo 1. Queefta pro- policion queda condenada, co- mo imprcbable ., y elcandaloía fegun las dos partes , que he dicho ,que conticne, yen quan- to 4 las dos es praéticamente falla. Pruebaffe en quanto 4 la primera parte : porque el Reli- gieío ,0 Clerigo porfa profe- fion , y eftado deven imitar la maníedumbre de Chrifto Señor Aanuecítro 5 y á ellos con eípecia- lidad fe dijo, aquel: Dicite 2 me; guia mitis fum, humilis corde.Matb.cap.1x, "Sed fic ef, que la manícdum bre de Chrifto es repetir poragra- wios beneficios, hazer bien , al que haze.mal , no vengar las in- jurías , fino perdonarlas; luego no eslicito al Religioío ,0 Cie. rigo matar, al que.commina con alguna infamia , aunque ao aya otro medio , para la de, fenfo. Pruebafle tambien la £jf. dad de la propoficion condena. da en quanto á la (cgunda parte; porque aunque -el calumniador eltó determinado 4 publicar a. quellas infamias , le-le puede atajar poretre camino ¿(in ma- tarle, Y--g.. por perfuafliones de perlonas de authoridad,con com: minacion de la jubticia, y ponien- dole la confideracion del temor de Dios , y por otros muchos caminos : luego fallo es.el dezir, que quando el calumniador cíta - determinado 4 publicar los delie: tos.en prefencia de períonas muy graves , Ó dar con ellos en rob tro , no ay otro medio , que el mata:le , para: ocurrir á ellos Gaños. 114. - Digo lo 2. Que nofolo es ilicito matar -al calumniador, quando amenaza, que hade pue blicar algunos deliétes de infamia contra el Réligiolo , Cleriga, Ó Religion, fino que ni ferá lícito - el matarle, aunque de hetho pw blique tales deliétos. La razon es, porque el marar no eslicito, lino con el moderamen de la tu: tela inculpada:- Sed bic eft, que el. matar ablolutamente.al que publicó «algunos delitos dela Religion , Religiofo ,ó Clerigo, no [cria con el moderamen de

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