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Propofición X VI.Condenada. confeflor al Sacerdote firple, aunque cfte lea Dedor, kétor, licenciado, graduado en Thcolo. gia,Ó Canones, O infigne Predi- cador ; pues tambien eftos ne- celsitan de licercia , 0 comifsion del Obiípo, para oir confeísio. nes; como dice cor Henriquez, Suarez, Coninch, Rodriguez, Fa- gundez , y otros Barbofía de jo. Epifcopi p. 2. alleg. 35. num. 14. y con Hurtado, y otrós dice lo milo en las coleblaneas fobre el gap. 15. citado del Concilio num. 3- y num. 10. los. Digo lo 2. que aunque - con Prado fiente Torrecilia en las confultas trabt. 2. confmumsaif0l.99. de sa ¡egunda impre [fon , queeltacon- denacion no le eftiende ,nicom- : prehende ¿los Obiípos, y otros Prelados., que tienen cargo de almas; lo qual fue opinion de Vi- Malobos *7 la /2%a tor...:raH.o. diffic. ss mm.4. Coriolaro, Valero, y OtIOS, Que cita Diana p.3.110f%. 5. refol.3. Pero lo controrio tienen Suarez, Azor, Esliucio Mega la, Moitco, Y iotros, que alli cita Diana Coninch y Figun- 5.2» Y OLOS, qUe cita; y tigúe Barbofa a PAE Pa alas 2d. lo miímo fiente con Lugo, y Otros el mimo Barbola mocoro Irid. ell. :33. cap. 15, de weform: T. 30 lo qual fe ha-de JOzgar por ver dadcro , por ayerlo decidido afsi Gregorio XUL. y la: Sacra:Gon gIcg. como teftifican Diana;y Barb, loc, cit: 407 Dices: el Obiípo puede dar al Sacerdote fimple, aunque no a lu inbdito, facultad , pará con- fefíar á lus ovejas: luego tambico le podra Confefíar con el. Ref pondo; diftingo el antecedente : puede darle licerícia, para con- fefiard ius oucjas ; aprovandole primero, Ó juzgándole idoneo de ctro modo , concedo:no a- provandole , ni juzgendole de otro modo 'idoneo , niego el an- tecedente ; y diftingo cl conái- guiente del miímo modo. contra, La miíma Conrefsion, que haze el Obilpo con el Sa- cerdote fimple, es virtual apro- Vacion : luego Sc. Diítingo el antecedentes la miíma coúfeMon es virtual aprovacion, fi el Obif po la haze juzgando idonco al Sacerdote fimple para confellor, acmito el anteceuente ; fino la haze de efte modo , niego el antecedente; porque el Concilio en el Cap. y5.cit.dize,que idonens indicetur ; y folc juzgando por tal, no le puede der aprovacion, ni jurif diccien , como refuelye Barbof. Jobre efe Tígar del Concilio num, 451 106. Digo lo 3 Que en efte Decreto de Alex. VII no (e con- duna el dezir que el Religioflo, que esCura de alguna Parrochia, que tiene feligrefíes feculares, pueda de licencia de lu Prelado clegir por confeflor vn Sacerdote fímple no aprouado. Porque la propoficion condenada Será acul-

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