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los Religiofos, queje conficflan con otros de lu orden deputados por lus Prelados para orr las con felliones de lus fubditos, cum- plan con eflo con la confebien anual 3 y que los Religiofos , que fuera-de fus Conventos lle- vando licencia de fus Prelados, para confeflaríe con qualquier Sacerdore regular,o lecular,apro- vado.,ó noaproVado , cumplan con el precepto dela confefion anual; ita Torrecilla fobre efta prop.n. 25. y 36. Porque los Religioflos , comono íon tubaitos daciUbilpo, no necclitan de Conteflor apro- vado por el Ordinario, paracon- feflarle, y cumplir Con el precep- to anual. Lo mimo entienden el - Curfo Moral, y Prado de los no- vicios, y criados conmentales ae los Religiolos , que no le con- dena el dezir,que lausfazen al pre- cepto anual de la confelion , con feflandole con los Kelgicios , aunque no efién aprovauos por el Obilpo, porque los novicios, $ COnmentaics yiuren en lo favorabie com nombre de Religiofos. As E 87. Digo lo 3. Que tampoco te condenan las Cpimonts, que dizen,que el Religiclo ¿prov.do lolo para oír cont: iones de hom: bres, Y no de mugeres, por no tener quarentaaos, pueda con- feffarlas ¡mbien; nicldezir, que ebRciigiolo «prov.do pára um po derciminado , pueda palado *Propoficion X11. Condenada. 397 él, en virtud de la Bula ,Ó Jubileo fer elegido enConfellor:ni la opi- nion, que dize, que fial Religio. lo aprovado le revoca injultame- te el Ordinario la licencia , pueda no obítante cflo confelfar en yir- tud dela Bula: V cafle a Torrecilla, bj fupra num. 33. > feq. La porque la propoficion códenada fuponia, que el Regular no tenia aprovación alguna: Átqui elas opiniones fupont ya alguna apro- vacion: luego citas Opiniones no le condenanzaunque no abiento, á que el aprovaudo por ticmpo li- mitado , nicl que tiene revo. cada la licencia , puedan ler elea gidos pallado el ticmpo conce. dido , aunque Íca por el pri. vilegio de la Bula , ni por el Ju- bileo. + . De donde fe infiere , que elaprovado para vn Obiípado, poara fin contravenir a efta con. acnacion , ler elegido en otro por el privilegio de la Bula, para cir confeliones: ni fe con- acena tampoco la opinion, que llevó Sanchez: de - Matrimon, tom. 1. lib. 3. difput. 34. nu= mero 2. y [iguen otros mu. chos , que afirman , que el aprovado en elle” Obifpa- do , pueda fuera de él oír de confelion , al que. es fubdi. to de cl Ovipo , que le apro- vó, aunque no tenga Jicen: cia de el Ordinario de el lugar, en que al prelente le halla, Ni razon €

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