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394 Trat.XV11.Explicanfe las Propof.cond.. por Alex. vIN blo de la propef.12. condenada, y digo, que efta condenado, el que los Regulares puedan ablol- ver de los cafos relervados por derecho particular 4 los feñores. Obiípos, y diziendo yo efto en clnu.ó6..comoá tan breves lineas avia de olvidarme de efte-De- ereto, y afirmar lo que poco an: tes avia dicho , que eftava con» denado? Concluye el P. Fr. Manuel di- ziendo en el num. 863. citado, que fi mi doétrina fuera verdadera, ferá inutil la relervacion de calos,que hazen los leñores Obilpos,quan- do tales .caíos tienen yá cenfura refervada: 4 lu Santidad, y lo prucba con efte dilema; * Vel ad ablolvendum 4 tali cafu refer. yato Pontifici, habeo á Pontifi. ce facultatem;, vel non? Si ha. beo; poflum per te ablolvere, nibil obítante relervatione Epil copi.: Si non-habeo non pof. fíum ab eo abfolvere; verum ita non poflem , quod ctiam non poflem quamvis non effes Epiícopo.-relervatus : ergo in vtroque caíu nihil operatur refer. vatio Epifcopi, ac. proinde e(t inutilis. *-Pero, 0.el P.Erz Mas nuel dize co en virtud de fu. poner , que yo queria dezir,que: por tener los Regulares conccf fron del Pontifice , para able]. yer de los.caíos Papales , podian abíalverde elfos calos,¡aunque el Obiípo los refervafle. tam bien; ó no habla en fupoficion de efto» Si habla en cfla fupoficion fu fupuefto es fallo , como tenga demoftrado, y procediendo fu dilema de vn fupuefto falfo,que- da todoél deftruydo, como mal fundado. Si no habla en ela fis poficion, fino en el fentido, que yo hablé, que fue, que fi Su San, tidad concede en algun Jubileo, o Bula, o Privilegio ¿algun Confefíor facultad, para abíol. ver de los calos refervados á la Sede Apoftolica , fe podrán ab, lolver ellos. cales, aunque el Obifpo los aya relervado: Ref. ponderé al -P. Manuel, que no por cílo lera inutil la relferyacion de el Obifpos lo: vno, porque ceflando el Jubileo, O para el que no tuvicre la tal Bula, ás privilegio, quedará en fu fuen larefervacion Epiftopal: Lootro, que Su Santidad puede conce der la facultad de abíolverdefus calos con limitacion diziendo,. quiero que le abíuelvan; contal que los Obiípes no los ayante lfervado 5 y entonces no (24pos drian ablolver: Lo:otro, porque fi-5u Santidad no coricede la fa- cultad de ablolverlos con ella $- mitacion ; es menos inconvo niente , que: entonces ecfle, Y fe. repute por inuril en vn calo particnlar da. refervacion+ de €l Obifpo, que no que fea froftra: nea loco Su Santidaó; porque cl Sumo Pontifice es(%- pesiol

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