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ces : la confequencia le prue. ba; porque los odios no han de ampliaríe , fino reftringirle: cíta condenacion es odioía: lue- go no deve ampliaríe , a lo que ella no dize : no dize , ni ha- bla de los Religiofos no Mena dicantes : luego no deye ampliar- fe a ellos. Dirá alguno, que ay vn De creto de Urbano VIII expedi- do en Roma en 17. de No- viembre de 1628.-que 4 todos los Regulares generalmente pro: hibe el abíolvet de los cafos relervados 4 los fñores Obif pos : luego dado, y no con- cedido , que efte Decreto de Alexandto VII. ño hablafe, ni fe entendiefíe 4 los Religicfos no Mendicantes, fe ha de de» zir, que por la prohibicion de Uífbano VIIL fo podrán ablok ver de los. calos refervados 4 los feñores Obiípos. Reípon- do, que no obítante el Decre. ajelibano VIIL. enfeñaron Leandro, y Hurtado, legun air. ma Filguera -dn.ctaf. Pontif. fol. y Eso 5. quo. Que podian. les Regula- res abíolver de dos calos refer, vados 4 los [eñores Obiípos; lo mifmo , dize Filguera, Jlc= va Vidal apud Dianiná part 10. tradt 13, yefól. 22. Y añade Bafico, que efte Decreto, de Urbano es folo para Jralia, y que Hur- tado duda, fi efi promulga- Propoficion X11. Condenada, 389 do, y recebido en Efpaña: Jue- go fegun eftos Doéiores el Decreto de Urbano VIIl no obíta, para que los Regulares puedan abíolver de Jos cafos relervados 4 los feñores Obifa pos: luego fi no hablafe el De- creto de Alexandto VIL en efta propoficion 12. con los Re- ligiofos no Mendicantes , pare- ce fe feguiria, que cftos po- drizn ablolyer de los cafos re- ltivados á los feñores Obií» pos, fi tuvieflen privilegio para ello. | Y de efla doftrina parece fe podria inferir , que tambien los Mendicantes podrian abíolver de los cafos refervados 1 los leñores Obifpos , calo que los no Mendicantes tuvieMlen privile- gio proprio para ello; porque los Mendicantes tienerí Bula de participacion , conque gozan de- los privilegios de los Re: hgiolos- no Mendicantes, cos mo le dixo arriba humero 77 'ue- go ya que los Mendicantes nó puedan en virtud de. fis privi- legios proptios ablolver de Jos calos telervados 4 los Obifpos, por -eftar condenado en efta Propofición 12. párece, que podrían “ablolver por la par- ticipacion delos privilegios de Jos Bo Mendicantes, en fúpoficion, que eftos tuvicfen algun. pri- Vilegio , para ablolver «Mos ca los. Elto

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