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ya; porque la propolicion con- denada hablava de abíolyerá los feglares de la heregia oculta: Ate qui efta opinionno habla de ab- folver 4 los feglares, fino 4 los Religiofos fubditos : luego - no eltá condenada en efte Detreto la opinion , que dezia, que po- dian los Prelados Regulares ab- folver a lus (ubditos de la heregia oculta. Pero aunque no efté con- denada por elte Decreto, fe ha de afirmar como cofa cierta, quelos Prelados Regulares no pueden hazer eo. Ha Diána Pp. 1. tr4%. 5 refot. 6. “Lumbicr num. 721. Filgutra en el lugar, citado fol. 11325. fed pis. Torrecilla vbi Map: Porque el Santo Tribunal dé lalneuificion de Efpaña tiene privilegio gene- ral, quercboca en quanto a efto los privilegiós de los Repulares, conto dize Lesndr. del Sacram. Py tra. dp. wp. q. 78. 31.5 Pero dudará alguno;f 1ós Prelados Regulares, y ótrosRe: ligio(os Mendicantes, y los que participan de lus Privilegios, po- drán por otro cámitio) falvar el poder ablolverenvel fiero de la conciencia 3 los feculares” de la heregia oculta per accideñss Y la razon de dudar es, porque es Opinion de Henriquez, Naya rro”, Fagundez, y otros, quere: fietc'el R. P. Leandro de Murcia en fus difqmór:t0.2.1ib.4 dipx Hed má Y10.y la tiene por probable Suarez Be 60m, dipus, 21, tc. 410.5, que pye* Propoficion IV. Condenada. 36 den los feñores Obilpos por de- recho comun del Concilio de Trento 'ablolver de la heregia Oculta per accidens : Sed fic elt, que los Regulares por fus pri. vilegios pueden ablélver los ca fos refervados por derecho co- mun d los feñorés Obifpos, co: mio fe dixo en el num. 23. luego parece que podrán los Regula- res-en virtud de lus Privilegios abíolver 4 los (eculates de la he- regia oculta per accidéns. No obftañte, “digo ; qué los Regulares no pueden” ablolver de dicha hetegia otúlta 41os Se- glates , máxime en Elpaña ; Por- que mi aun Jos feñóres Obilpos pueden abíolver de ellá, como dize Diana p. 1.tra41 5. Yrelol. 2, y loenfeñé en la 1, p. de la prat, tradt. 2. eáp.1. Con quecéfa todo el fundamento de la razon de dudar. V. PROPOS.CONDEN, Aunque euidentemente té came, que Pedra es herege s MOTIEPES oblizaciomde delatarie , [mo lo puedes probar. 35: * Supongo,'que ay dos mo- dos de denunciacion, vna Evan. gélica, y otra Judicial: La Evan gclicaes ¿qhella; eh que le inten ta la enmienda del delinquente: La Judicial es aquella, que fe haze al foperior, como'á Juez inten- a

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