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fuma abíolyer de las cenfuras en ellas contenidas, aunque fean los feñores Obiípos, ú otros, Prela- dos; menos que fea.en el arti- culo de la muerte, Ó por el pri- vilegio de la Cruzada, que con- cede poderle abíolver de clfos calos wma vez en la yida, y otra en la muerte. 20. Supongo lo 4. Queelta Propoficion 3. cordenada dezia dos colas: la vna, que oy (e pos dian abíolver los caíós de la Buia de la Cena, quando fon ocultos; no. obítante la prohibicion, que en dicha Bula fe haze, para que nadie los pueda ablolyerz y con. figuientemente , que podian oy los feñores Obifpos víar de la fa- cultad del Concilio de Trento concedida en la (e. 24. arriba ci... tada, que les daya- permiflion para abíolver. de dichos cafos ocultos; lo qual llevaron Bañez, Nuño, Lorca, Pedro de Ledef. ma, Granados, Rodriguez, Avi. la, Atagon, y otros muchos, que cita Filgueyra in cenfra. Pontific. fol. 102. $. Dicendum ef. Y 3 mas de eflo, que los caos de la, Bula de la Cena, quando fon ocultos, le podian abíolver toties quotiés, en virtud de la Cruzada, y,de los.privilegios de los Mendi= cantes, La la 3. propof. condenada;, era, que ¿ efta»opinion , que.permitia facul... tad de ablolver de les. calos de la Bula de la Cena, quandoeran 362 Traf.X y 11. Explicanfe las Propof. Cond por Álex YI], Otra cola, que dézia: ocultos, fue vilta, y tolerada en el confiltorio de la Congre. gacion de los Eminentifimos Cardenales. 1. Entra aorala duda; fi efte Decreto de Alexandro VIL con: dena las dos partes, que contiene efta propolicion, ó felo la vna? Ello es: (16 condena el dezir, que oy fe pueden ablolver los calos de la Bula. de la Cena, quando fon ocultos, y que ela Opinion fue- yiíta, y tolerada por los Eminentiflimos Carde. nales. O 6 folo le condena el dezir, que fue cítá opinion por ellos viíta, y tolerada? El P. Mas nuel Pilguera. en el. lugar citadó fol. 103. $. Sed contrariam fen: te , que ya mo pueden los Señod res Obilpos ablolver de los calos dc la Bula de la Cena, auncue fean ocultos 3 y configuiente. énte, que no folo fe condena el dezir, que la opinion, que les fayorecia, fue vifta, y tolera- da por los Cardenales, fino que tambien Íc condena el dezir, que pueden abíolver los feñores Obilpos de elos caíos. EIR.P.M. Lumbier tom. 2.214.720 fol:(mibi) $16 afirma, que hombres doétos han fido de parecer, que en el rigor de la frafíe, fiendo. de eftrecha interpretación por fer condena: cion, lolo queda condenada aque lla parte del »ifz, dr toterata ef. Y el dicho P. Lumbier , aunque pa: rece le inclina 4 cito miímo, E

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