BCCPAM000545-2-13000000000000
a aire 4 la expuliion de cf hue mor viciado, aunque aceidental- ente le figa efulion del femen no dañado 5 lo qual tiene per probable Trullenc tom. 2. in decal. lib. 6. cap. vni.dib.8- $. 1.26. 14, La.cazon es, porque no es ili. cito vacar 4 algunas obras licitas, y.g. 40yr confefliones, aunque de cllo le liga efulion de lemen, no. procurada, ni con peligro de confentir en la deleétacion : lue- go licndo licito atender ála (a- lud dci cuerpo expeliendo los yiciados humores no ferá peca. de ordenar , ni recebir bebidas, O medicamentos ordenados di. xeftamente á la expullion de los humores viciados, aunque. indi reGramente le liga la polucion, Que no [e procura, no 2viendo peligro de confentir en la delega tación Vencrea. 22. P. Acu/ome Padre, que tengo algun eflcrupulo , de yn en: fermo., que le murió fin recebir los Sacramentos. €. Obligacion tienen los Me. dicos , de avilaral enfermo, que reciba los Sacramentos; confta £x c4p.cum infirmitas, de panit.0 remif). Que determinó, que. antes de curar cl Medico al enfermo de la delencia corporal difponga Jane de la elpiritual , por medio de dos Santos Sacramentos. Y £ambien Pio V. en. fu Conklitu. sion , que empieza , Íuper gre- gun, ordenó , que li delpues Cap. UL. “De los Medicos. 3. e tres dias mo le conftare por elerito al Medico, que el enfer- mo fe contele , no buelya mas á vilitarle; y que quando fe gra- duan les Medicos, hagan ¡uta- mento , de guardarlo af ;aun- que no en todas partes (e acof tumbra hazer efe juramento. Digame v. m. cra de peligro la enfermedad, que padecia elle fujeto? P, No Padre; no indico ma- licia graye; aunque de(pues le (o- brevino vn accidente pronto, que le llevó de repente. C. Aunque ellos Decretos hablan con tanto rigor , y fun- dados en ellos, fienten algunos Doétores, que el Medico -eftá Obligado,á amoneítar al enfermo que te confielle,ydilponga fusco- la5; pero lo contratio tienen Ro- ícila, Angelo, Nayarro , y otros, que citaFagundez tomo.2.in Dec, lib. 2. cap. 25. num.11. Los quales dizen,.que folo incumbe -efMa obligacioa, quando la enferme- dad es de peligro : Y lo miímo es, quando fe duda, fi la enfer- medad es de peligro, O no, que tambien cítá obligado el Medi. co, á amoncltar al enfermo, que reciba los Sacramentos. Aunque no ferá necefíario, que haga por íi, baítará que lo difponya por medio del Confefior, 9 amigos, O parientes de el enfermo; cos mo dize Sanchezen la fuma.to. 1. lib. 3. cap, 16, num. $. Y aun en Vy fu y
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz