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38 no eftuar los excellos , mi trampear la cauía , que hi de ac- tuacic ante vn Jueztan poderolo, y reto, aquien nada puede ocul- taríe, y todo cti muy prelente, Alli (e ycrán prefentes las fin ra- zones, que en los. Tribunales humanos paflaron; le manitelta- rá , como tuvo mucho mas po- der la pañion , que la juíticia : el interes ,-que la verdad: elme- dio , é intercellion ruvo vali- miento, para doblar la conítan- cia del Miniltro, ¿inclinar la vara de la igualdad,aziá la parte menos juíta , torciendo la yalanza de la equidad , con el pelo de ladadiva, reípeto humano, y dependen- cia de Ja tierra. 114. Vltimamente ferá muy diverlo el Juyzio Divino del hu- mano , y muy diferente el Tris bunal de Dios, que los Tribuna les de los hombres; como lo no tó el Cardenal Pedro Aliaco en las meditaciones fobre el Plalmo 42. ludicame Deus 8rc. diziendo eítas palabras . * Nam propter tria, que his notantur verbishu- manumhabco fuípcótum mudició, ideoque ad divinum recurrere có palíus (um. Propter teítium fal. fitatem , quia fepgé gens non lan- Eta teftis e(t : propter “indicunr iniquitatem, quia fepé homo iniquus ludex eft: propter :Ad- vocatorum , € Procuratorum dolofitatem , quia fepé homo dolofus Advocatus, vel Procu: Pa Trath. XV. Delos Minifiros de Justicia, rator eft. “Ecoñtra veró in Diáé vino ludicio teftis erit tua inf. libilis veritas, ludex erit tua inols liquabilis quitas. Advocaris $7 Procurator erit tua im rtut» babilis pictas, milericordi bo. nitas, €lementia, atque benignj. tas. * Si en el juyzio humáno pueden parar perjuyzio vnos fal. los teltigos , por depontr E lumniofamente , en el: Divino. procederán los teftimonios con vna verdad legura, pues leri tel tigo el mufmo,que ha de (erJúez, Ego lum teftis, 8 iúdex. Hierem, 29. V. 24. Sien la ticrra vn per vertido Juez puede fulminar vna Imiqua : fentencia : el fupremo Juezla dará muy cabal, ajultada al procello de las obras, ni al juíto podrá hazer agravio, pris vandole del premio, que merece fegun los alegados de fus buenas obras; mí al malo hará injufticia fentenciandole á vna eternidad de fu.fureas, ardientes, y abraí- doras llamas, delterrandole per petuamente de la dulce patria del Ciclo , y condenandele á re mar para fiempre en les ban Cos, y mazmorras horribles de aquel Occeano formidable de incendios. Si en el mundo el Abogado, y Procurador con dolo , y aftucia pretende fa julticia clara,lo que es injufticia manifilta en el Tribunal fupremo, no Íe abogará, ni defenderá, mb patrocinará canía , que no feale: gitima,
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