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P.. Padre, no luréxon ¡igao» rancia, fino con mala fé. C. Y yino al reo algun grave daño , por íu juramento fallo? De: SioPadre: GC. Y. eltaua ya conyencido el reo, por otros teftigos .,. que huvieden «probado plenamente contra él: Porque 4i huvic Ge de. poticion baítante; para condenar alico., de. maneta, que el telti- monió fallo de, y: m. no. fue de necellario pata ello, ni porél fe dice major pena, ni,vinicfe mayor daño, que el que yen- dria por el dicho de los» teltigos primeros , no tendria. v. m. obli. gacion de reftituir; pues en efe calo no. leria tauía eficaz del das ñ0».Diama p 34 tradt.5 relol.10s. P. No:eltava Padre conven- cido por otros reítigos el rco; y es Cierto, que no le condenas ran» fi yo mo,huvicra depueita contra el. » €. Ye(tá yafulminada la len. tencia contra el reo? P. Aun no locftá Padre. C. Pues hijo tiene v.m. obli: gación, a ocurriral daño , que lc amenaza, aunque- ica retra- tandole. P.. Padre, fi yo me retrato, y. me-deldigo, como teltizo fal. lo , me-ahorcarán- fin remedio alguno. « C. Y que pena tiene pot derecho la culpa , que y: m- ha impucíto a elle reo; Cap. VI, "De los teffigos. 289 P... Tambien pena de horca, C. Tiene v. m. elporansa, de Que retratandole, podrá der lis brado- ele pobre reo? P. No Padre ; porque. aun. Que la lentencia mo cátátulminas da, eltán los Juezes conformes en :ahorcarle , tin que ica polli- ble. por medio ajguno dilyadir- les de ello. 7 -C. Obligacion tiene v. ma (Y qualquiera que ¡ura fallamire ) a lolicitar portodos los mediws poltibles el remedio del inecea- te; aunque fta retratando Íu pri- mer dicho ,: y. aunque de ello (6 aya.de feguirá v. nm el mimo daño, que amenaza al reo;-y (i.4 efte-lo avian de alorcars etá V..m. Obligado ¿de ldezarley (mo ay etro medio, para librarle, aun. que le:ayan- de ahorcar á Y, mu tambien. porque ea igual daño, * primero es el inocente , que el culpado 5 ali lo enfeña con Cor- dova, Soto, y la comun, Pedra de: Navasra-de reít. tem;1. lib, 2. Cap.3. num. 233.9 234 Pero lino ay clpcraga, de que (1 retratacion ha de aprobechar, no. cñá obli. gado a deldezirle 3.como dize Navarra cod. num,.-233. Figundez in Decalog..tom. 2: l1b,8,cap. 42, HUM. 44 1 fent. Diana $4 traól., q. ve- fol. 99. Bonacina: tom 2» di/p: 10. circa 8, preeecp. q.3. p. 3. num. 16. Mas eftará obligado 4 reftituie los daños , que fe figueron .de..la muerte , mutilacion , O coligo Oo del
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