BCCPAM000545-2-13000000000000

Cap. MI. “De los Notarios, ' perla Sede Apoftolica, ó por 1 sEmperadores, y Reyes, y no h llandolos cabales, pueden ful. p.nderlos del oficio. 43. P. Me aculo Padre, que aviendome llamado, para hazer vna efcritura , y dar fé, de que vna períona avia pagado vna can- tidad, dí féde ello, fin vér-que pagaíle la dicha cantidad. - C.. Y el acreedor dixo en prelencia de vem. que le dava por pagado de aquella cantidad? <P. Si Padre. C: Y dezia v-m.en elinftru- mento, que en fu prelencia la: avia defembolíado el dinero, y entregado? P:* No Padre , fino folo, que ya fe avia pagado la can'idad. Pus no tiene v. m. que hazer eltrupulo ; pues quando las partes dizen, que fe recibio el dinero, aunque no le aya re cebido , no peca el Notario, ni Secretario, ni Elcrivano, que ef. crive averíe recebido, como no diga que en fa prefencia fe de fembolso, y entregósSic Bonacina tom.2. difp.vo.sirca 8.precept.quefl 3.punt, vlt.num.>.Ba/Jeo verbo Notarius num.z. 44- P. Tambien me acuío Padre, que en vna efcritura pu- fe vna claufula , y circunitancia falía. €. Y fire porinadyertencia,d £on cuvdado? P. Con cuydado lo hize- £. Y procedio de cíto alguíz 267 daño al proximo? P. Si Padre. C. Y fue daño en la vida, o en la fama, o en la hazienda? P. En la haziénda folamen- te C. Fueencofa grave? P. Cantidad de treynta dicas dos le fueron de agravio Á yna períona. : ' C. Dos pecados mortales en elpecie diftintos cometió v. m. en cflaocalion; vno, contra la vietud de la Religion, por aver quebrantado el juramento , que Jos Notarios, Secretarios , y Ef ivanos acoltumbran a hazer, de fer fieles, y veridicos en la oficio; y otro , contra jufticia, por aver fido ocafion de daño, y menos cabo en la haziendo dél prox:mo; y cltá obligado a re- larcir ellos treynta ducados 4 la perfona damnificada. Porque el que es cauía eficaz de algun da. ño, eflá obligado á reftituyrlo; v. m.fue caufa eficaz de elf das ño; luego eltá obligada refti- tunlo. 7 > E P-- Padre yo na me tallo con dilpoficion de pagar elle dinero, por verme con pocos medios, para hazerlo. C. En vtil de quien cedieron los treynta ducados, que tuva de daño aquella perfón:? P. En vtil deotro fucso, que tenia contiendas con él. €. Pues elle fugeros, que ly Lla apro:

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz