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“Bardi, Lugo, y otros, que cita Diana p. 11. tradi. 6. refol. 38. Y <a Sentencia esla verdadera, y la que deye tenerfe;porque los Pon- tifices Clemente VII. y Vrbano VIIL han declarado , que los Re- ligiofos en ordená la Confeflion eltén fubordinados , y fugctosá la diípoficion de los Prelados, fin que Ics pifeda fufragar la Bula de la CruzdWA, para ir contra efto: luego no podian “fin, licencia de lus Prelados elegir Confeflor en vittud de la Bula , que los abfuel- va de los pecados mortales no releryados. s 5: Pero digame Y, P. los Pre- «lados de fu Religion permiten, que los Religiof os tomen la Bula, labiendo que fe valen.de lú privi; legio , para ler abíucitos de peca” dos graves, fuera de la Religioñ? oXgus elta tolerancia, y licencia tacita inpucíta , tengo por pro- bable, que podian los Religio- los valeríe de la Bula para elte cicóto , como-hablando de los pecados releryados , lo tiene <on Enrriquez , Lugo , Teo llenc , y. .otros , Leandro del Sacramento: parte.1. tradta..s. ««ilp.22. q,59* porque en cfle caío ccfla yá la declaracion del decre- 40 de Vrbano Y 111, pues valien- doíc los Religiolos del privile- gio de la Bula con. tolerancia , y licencia tacita de fus Prelados,ya le verifica, que. eftán fmgeros 4 ¿4u dipolicion en orden 4 la con- € .11.del Minif.que puede abfolver-á los Relig.de los refer. 181 » fellion. P. Señor en mi Religion no lo toleran los Prelados, antes í fu- .pieran , que algun Retigiolo fe «valia de la Bula, para confeflaríe fuera de la Religion,lo caftigarid: Mas fi v.m.no entra enla opinió, de que valga el privilegio de la Bula, para quererme confeflar; le prevengo,que aora havénido vn Jubileo de fu Santidad con facul- tad, para poder elegir Confeflor aprobado por el Ordinario, y en virtud de el me puede Confel. lar. ¿C. Y efe Jubileo concede fas sultad general de elegir Confef for comprehendiendo tambien elpecificamente ¿los Religiofos? P. Si feñor. C, Pues tengo por probable, que en elle cafo puede Y .P, con- fellaríe con Sacerdote aprobado por el Ordinario, anque no feá “de fu mifma Orden. Ita Boo, Leo, y Diana, que los cita p.-. tradi. vol. 37. [Mty Leandro del Sas cramento vbi fupra dif». 14-qseft.85. que dizcn que-en tiempo de Jubileo, en que fe cócede facnltad general sde eligir Confeficr , que com» prehenda elpecificamente a los —Religiofos, pueden eltos confef- laríe con. qualquiera Sacerdote aprobado -pcr el Ordinario , -y que los Prelados no puedan en efte caílo embaragir 4 los fubdi. tos, que le valgan de cíta facud. AN
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