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UU A lo menos por elta razon, cftarán los Curas obligados 4 predicar, no obítanie qualquie- ra coftumbre, 15, P. Padre , tambirn he dexado de pradic 1, porque ca 1 P rrochia predican entre Mo muchos Religiolos en muy: chos dias, que ay Sermen. C. Y que genero de. Ser mones fuclen predicaríe en e los dias? P. Padre, los Sermones de los, Santos, que ocurren. C. Y elfos fermones de los Santos eran. doétrinales pára el pueblo? - P, Regularmente. folo. fe tra- taya- en ellos de las glorias , y alabangas¿ de los milimos Sap: tos. C. Quando. en el pueblo ay de ordimario Sermones en te 250, dize con: Pollevino Trullenc fobre el Decalogo lib. 4 cap. £. dub¿8; num. 12. Que eíta cículado de ¡predicar el Cu: ra por i miímo , sunque él tenga habilidad de predicar , y la pueda hazer. Sigue: a Tiu- llenc Diana p. “ .traót.y.refol.tg . Y parece, tiene por probable ef ta: fentencia. Leandro. del:Sacra- mento part 8. trade 5» dilpr % queít. 2: Pues á da contraria, que els figue , llama lolo mas probable: Mas lo contrario tie- ng Aguítin de Barboía:de oficio Tra4l..X 111, del Efado de los Parrocos, Parr. Po 1. €np. 14 24.9. Leandroiól Jonacina tom. 2 dilp. 6- circa 4. prat. Decal, pun, 3. fubaua, q. 16. Pero eltas dos fentencios en mi jurzio le han de conej. liar precilamente en cíte purto fixo , reduzwo. a dos cortdi. Ciunes da primera, que los Sermones, que otros predican, can tangrequcites, que equi- valgan a la obligacion, que el Cura tiene de predicar, fegun ci Comuho, los Dowingos, y ficltas, con la extenion , € que alí como el Cura no pe: ca gravemente, sunque por Ñi miímo no predique algunos dras de: Eicíta, legun lo que- queda dicho en -el num 3 Pampoco pecara gravemente, aunque otros tantos dias faleafle otro Predi: cador: La razon defte «Merto cs, Porque el acceffirió ficue la m3. turaleza de di principal, como conftade reg. Marisimó reg. Ac- celorium- 42. Sed fe eE que en cíte calo-el principal ob!ita- does el Cura, y los queíe Mibl timyen-en Je lugsr, for como acceflorios: Juego deben fegnir la: naturaleza de (í principal; y configuientemente fiplirle tan- ¿Os lermones, quantós el Cura debiera predicar, para que él quede exempto de fir obligacion. 17. La fegunda condicion es, que los Sermones, que en- tre año le hazen por otros Pre: dicadotes,

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