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e C.V1.parte ll adela decencia,c intencion p sra Celebrar. 73 27» P. Otra ocañion Padre, me. acordé eltando celebrando de. una culpa grave,. que avia cometido, y no la tenia con- fellada. C. Y quando le acordo della? Porque li te huviera acordado delpues de conta3grar ,: debiera profeguir la M fa, haziendo un 2%0 de onterción con propoli- to de Contarle, como dize el Doétor Aagelico, vbi/upra. P.. Padre, antes del Canon mc acordé de cflc pecado. C, Y avia cometido v. m. .efla culpa antes... de la, ultima Confedian? P..:No Padre, dnd de/pues. C. Si v.m. huvicra come- tido cf culpa antes de la Con- fefion ultima , y huvicra dexa- do de conteffirla por olvido ha tural ( aviendo precedido el exa men fuficiente, ) y no E huvie- ra acordado de ella ,: haíta eftar en el Altar, aunqueno huvicile conlagrado, podiz:no folo pro- Teguir. la Mila, fino que aun dize Diana p. 2. traót. 14. relol. 48. que mo cftava obligado 4 dolerle por entonces dea quella culpa, nia hazeradto de cor- tricion en la Mila miíma. Mas celta doétrina de Diana no pue- de feguirfe ali generalmente, lino en el fentido, que la ex- plicaré , como conftará de lo liguiente. 23. Digo, que. fi huviera tenido ¿el penitente en la Con- felfion dolor yerdaduro , y ge- reral de todos (us pecados con. fellados, y olvidados, nó ten. dria delpués obligación ch a Milla de tens c!p: echat dófor de aquel pecas do, gue Té! ácotdo aver dexado inculpablemente en la Confeffion. Porque la contricion en ellos calos “te re- quiere para logréar el perdon del pacado , y conieguir la gracia; Sed fic et, que con el dolar general, que precedio en la Conteíion fe perdono [ auñique en direótaménte ] aquel peca do, y [3 configuio'1í”gracta: luego no ferá neceflirio en clte calo hazer aóto de contricion en la Mia; fino que fe podrá fuf- pender haíta la primera coi: fcfhon, en que debe confellar- le el pecado olvidado. Si el dolor de la confeflion no fue general de todos los pe- Gados , fino folo de los tonfef- fados , entonces pregunta, O efle dolor fue por motivo ge- neral? Ó por motivo particular? Si fue por motivo gencral, v.g. por fer ofenía de Dios, por la perdición de la gracia , O glo ria, porel temor del Infierno; tambien quedo perdonado indi. reGtamente el pecado olvidado, recuperada la gracia : y no feria neceflario hazer ¿to de con- tricion en la Milla. Y esla ra: 20n , porque elfos motivos g6- “meralés

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