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Crp, 3."Del Oficio Divino. 27 relftituir aunque no fe de la mifma cola en elpecie,, como. lc de otra de igual bondad, y cantidad ¿ aunque fe podra faltar a la caridad. , fiel dueño apreciava mucho aquella cota e/peci- fica, y tenia pucfto en ella los ojos , y aficion, como (fi fuera yn cavallo gar- bofo, y brioío: Luego tambien (e cú- lira-la obligacion de reftituir los fria» tos del beneficio , dando cola. .equir valente de 1gual bondad, 0 cantidad: Y como aqu no fe contriflaran los pobres ni tienen pueltos los ojos , hi aficion en que feala coía de efta efpe- cie,ó la otra , tampocofe faltará , mi aun a la caridad;en no reftituir en el pecie los miímos frutos, De donde parece,'e infiere,que có limofnas.que el Beneficiado, dió del pues de aver omitido el Rezo , aun que fean de otros bienes ,quelos del beneficio, le exonera de la obligacion de reftituir. Porque ficonlas que dió de dichos frutos con intencion inter- prerativa de fatisfacer a fu obligació, cumple,como dize Suarez: Luego no fiendo precio hazer la reftitucion de los miímos frutosen e/pecie,como he dicho;parece, que cumplirá con qua- lefquiera limo(nas, que delpues de la om: hon del Rezo aya dado, con in- tencion interpreraciva de farisfazer a fu obligacion. 30 Ni obíta contra eta dodtrina el Decreto de Alexandro VII. en la propof-33.condenada.Porque lolo có= dena fu Santidad el dezir , que fe fa- tisfazea la obligacion de reftituir la om mM del Rezo, con las limo/nas, quete dieron antes de dicha amif- ionzpero no conlas que fe hazen def- pues de aver dexado cl Rezo , como con Lumbier, y Pradu dize N,R. P, Torrecilla fobre dicha propof. vbi fu- pra 2.59 : 31 P.Padre, importará advertir, uc ellas limo/nas no. las di todas a los.pobres del lugar , en que cenia la renta, (100 4 otros pallagcros, y peres grinos. C.No importa ello. Ita cum Villa» lobos «8 alijs Diana par.2.8rac.2 refo!. 27. Porque cl Papa Pio V.en la Bula, que impone.el modo de reftituir en efte cafo, no- determina a que pobres íe ha de dar,fino folo dize a pobres.en comun; iz pauperum eleemo[ynras. ¿Delos 20.ducados,'que y. m.tenia obligacion de reftituir, tene ya fatif- fechos dos,queha dado a pobres;ref- tanle aora diez y ocho , que es preci- lo latisfacer. P. Padre, ya le he dicho , queno tengo medios para poder fatisfazer por aora. C. Y no cfpera tenerlos en breye tiempo? P. Padre , no, porque mi renta es poca,y apenas alcanga para vivir con decencia. 32 Y no podrá ir celebrando l s dias, que no tiene carga por lu Cape- llania, algunas Millas por las Almas del Purgatorio; que de efe modo tá- bien le puede fatisfazer eía obliga- cion,como con Sanchez, y Bonacina dize Caftro Palao,to.2.4r46 7«d:/P. 2, punc7n 1. fine, P. Padre , como tengo por mi Ca- pellania alguna carga de Millos,y mis Da con- li |
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