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313M0D1 € E. o a pp lu depoficion para la defenía del inocente, «oi: ba 799aM66. Quando deva reftituir » efculandole de depoñer3111 123 Y ibid. El que jura falío en juyzio , comete, - «dos pecados diltititos en cfpecio a fols23 0,N PUTA op 13 2251 Eltin obligados a reftituir ala pa te -eldaño's queñele feuio', por: arct «ocultado, la: verdad en. dy depofi- cion; mas nó la pena, que alifilco (e huviera aplicados :antesyde la fen- tencia del Juez, - y ssstbbido Como peque; y efté obligado 2 refti- - tyirgel que recibe dinero por depós Bf 3 ebemebano o péS. No eltá obligado 2 mahifeaftarla vet2 dadal luez, que no pregunta junidi- camente ; ni a dezirlo que- en fygilo nacural, menos que ¡iníporte> ¿¿ para el bien publicos'cl:revelaro. Ni.elta obligado adeponatia y co notable dañoluyo ;u de (us. col Ca fe , ni quando: tiene, végente cauía para celarla verdadf0l.232. num.6 9. solos al Oo ( O Si peque contra jufticia, O contra ca- riddds el:que'ocultala verdad que devia deglatar > iguiendo(le de esto daño a tercero,” 0l.23 4» nu7.1. El quecon ignorancia invencrbleyjura fallo; nipeca ni eltá obligado a reftitwir, ibid.num.72 + Nitampoco lo eftá, el que jura falía- - ente COntra el proximos Í n0.es canía eficaz de (u,daño».. -' ibid. El que con fu fallo juramento,csca- la,que el red fea condenado, deve por.todos los caminos poflibles a AA .; folicitaríu remedio, £2 7 himo> Él pe aconícja dloseftigosa que ¡sen fallo; dove diluadidles de a «¿dbmndo puede confeguir,ha de nd nifeftar al luez lu Maquipacionsbi num.74» 5 ' A Quantos pecadogcometa, el Que en yna Miíma depoficion jura fallo en muchos arrículos3 £236.0.75, Quando pueda fervir de teltigo , ql (> que elta excomulgado, ibid, 0.74 Quando fea irregular el que depone «| en canías criminales de (angre, fol, 253.n.108, eE A TITVLO. Quandoíca necellario, para quel: | guno [e ord.-ne, MITRA Aunque no; fe pued percebir la ren= :vastralta. ordenarle de Presbytero, -- es titulo fuficientespara ordeuaríe, veais Veanle [35 palabt cios y Patri MONIO0. Le sá 001 TORMENTO, 4 Quando pueda el Juez poneral reoa ; LOrmanto, .s fa 3 908t. Sipueda el reo imponerle va deliñto fallo,por miedo: del dolor-del rot» ento, f.2 40.ibi482. TOROS. Se prohibe con excomunión a losRe», - Iigiolos., eb ver corridas de Toros; Large | Si incurren en ella lostegos, y los Co- - Tiftas, que notienervOrden Sactos” E | |

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