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376 Traft.XVI1. Explicánfe las Propof.cond. por Alexand.y 17; los Decretos: y difpoficiones de el Santo Concilio de Trento, como el miímo Concilio manda enla feff a ss: £ap.2 29 Supongo lo fegundo: Que an- tes del Concilio de Trento gozavan los Regulares de algunos privilegios concedidos por.la Sede Apoltolica, los quales. fueron revocados por el dicho Concilio. 221 Supongolo tercero: Que el Concilio de Trento.en.algunas partes no [lolo diípulo cofa contraria , a lo que: los Regulares tenian por privile- gio, fino que tambien añadió clauíula qu atoriay diziendo: . Non. objtanti- bus quibufcumque privilegús »conceffio- nibus, preferiptionibus,confuetudinibus, facultatibus »:('c. Y en otras pattes» aunque el Concilio difpulo lo.contra- KIO » pero no añadia claulula deroga- toria: de los privilegios: Supongo lo quarto: Que los Privilegios, quércon: sedelas doAp ftotica;nmo: Som.el. «ritos, y. orrosoraculos de viva Woz: Jos elcritosfon los que le conceden en Bulas ,Breves s 0 cola femejante :los Oraculos de viva voz [or los. que de palabra concede el Sumo Pontífice: : 122 Digolo primero: Los Re- gulares.no pueden vli£eñ el fuero dé la concienet vilegios , que revocó expreflamente el Concilio de Trento; y el dezir lo -contratio, es lo que fecondena en elta Propoficion 36,Y con.razon; porque los Regula- res eftán obligados dobedezer , y (u- jetaríe.a los Decretos del Concilio Tridontinosluego aviendoel Concilio hecho revocación: expreíla de algu- nos privilegios de los Regulares, no podrán víar de ellos ¿11 faero de conciencias 22 230 :3waile > 323 :Digolo e ue condetasel que los Pt víar de aquellos privilegios, en Que el Concilio dilpuío lo contrario, peto fin claulula revocatoria de los tales privilegios, Lumbier £om.2. nym,79 Tortecilla fobre cfta Propoficion 2.» La razones 5. porque la Propoficion condenada dezia»que podian en cop. ciencia los Regulares víar de (us pri vilegios revocados cxpreflamente por el Concilio : Sed/iceft, que muele tra Conclulion no dize ¿que puedan los. Regulares en el fuero de la con» | ciencia vÍar de [us Privilegios revoca. | dos expreffamente por el Goncilio,G- no que puedan víar de aquellos con- É tados quales no ay clauíula revoca- * toria,aunque el Concilio difpongalo | contrario: luego no [e condená el de- niega puedan víar de - fus/privilezios » no' aviendo claufula | derogátoria de tales privilegios, aun: | queel Concilio difponga lo contrario a dichos privilegios.. | 224 De aqui le infiere , que no le condena la:Opinion de Henriquez, Rodriguez, Sayro , y otros, que Cita» y figue Bonácina tom,3. difp.1.de Ex: com: extra Bull, Cone, quel. 8. puosa: | M4, 11. Que por el Concilio de Tren to no Íerevoca el privilegio , que los Regulares tienen de celebrar,y admi: tira los legos a los Oficios Divinos en tiempo de entredicho ; porque d | Conciltosaunque en la fef].25.cap.12: manda » que los Regulares guarden log cntredichos, pero no pone aa | y a
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