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« 58 ronallión condenada permitia al Juez, tecebir dinero por lentenciar a favor de Otro: 4tqui elta opinion-no permice llevar dinero por elo, fino por terminar la cauía del vio, antes quela detotro : luego efta opinion no queda condenada. Pero adviertale ; que fila canía de otro litigante [e devia fentenciar an- tes quela de efte , no puede reccbir dinero el luez , por terminar primero la canía de elte ; porque elfo feria-ha» zer agravio al otro. 4tqui haziendo a erro agravio » no puede el luez rece» bir: dinero por concluir otra caufa antes : luego dec.Adviertale mas,que 6 la cauía del litigante, que dá el dine- ro »devia terminaríe ante Otras, tam- poco podía el Juez recebir. el dinero, ¿por concluyr antes fu cauía 5 porque ¡efío devia hazerlo el luez precilamen- sedola olo en cafo , que las dos caulas -cowricflen igualdad endu curo, y ter- «minación , le dize ,que no fe:conde- nas querel luez pueda recebir dinero, poriterminar!a vna primero 5-lo qual aunque no fiento no :eftar condena- do; pero»o me conformo con. efta doétcina ; lo. vno ¿porque no hallo «titulo joo para que el luez reciba -elté dinero ;y lo: Otro » porque efío feria ocyftonado aque los luezes ce- g dos del interés , penfaflen fer igua- les en tiempo las cavÍas,que por alguna razon tienen antel4CiOn». xk e Traft. XV 11. Explicanfelas Propof. cónd. pOr Alexand.y 11, otras, y vhas mas probables ; lo qual “XXVH. PROPOSICION CON: denada. Siel libro es de algun Autor moderno, deve fu opinion tenerfe por probable, mientras no confte eftar reprobada co. mo improbable por la Sede Apop | tolica. 170 Vpongolo primero:Que la probabilidad vna eg | intrinleca , y otra extrinleca: ántrin. leca es el fundamento, y razon en que | fe afianza la opinion: extrinfeca es la | autoridad del Autor >0 Autores , que patrocinan la Opinion : y la probabis lidad extrinfeca depende de laintrii $ leca, pues en tanto damos alfento 4 la auroridade el Doétor, en quatito juzgamos, que Obra fundado enrazó, Vnas Opiniones ay mas feguras, que puede verle en mis Conferencias; par 1.trafh. 1 Conf.1 num. 5, nun 6. y) Mim 7.y Conf. 2 num 4.fol. 161. 171 + Supongo lo fegundo: Que | ninguna delas opiniones , que tien: ' «condenadas la Sede Apoftolica,le puede (eguir en. conciencia $ aunque | la ayan enfeñado muchos, y muy cla ficos Autores). y aunque-elpeculat» vamente parezca le funda en (olidos fundamentos » y razones fuertes. N tampoco le pueden feguir aquellaso piniones » que los Doétores las Ce luran s y votan Comunmente ámpro | bable » aunque algun Ahtór Lot p la Giga. PES yl 173 -Supongo'lo.:tercero* QU pata ; ]

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