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7y Tra. xV 11. Explicanfe las Propof. cond. por Alexand.P'1f, * fe de licencia de lu Prelada_con clSa- cerdote fimple 5 vealÍ arriba el num. 86. 107 Digo!loquarto:Que tápoco fe condena en efte Decreto el dezit, 4 los Prelados Regulares,v.g Generales Provinciales,Priotes,Guardianes,$c. puedan elegir por fu Confeflor , y dar comiffión alSacerdote fimple fubdito fnyo,paraquelos abluelva. Porque la Propolicion códenada había delos 4 tienen Beneficio Cutato:/ed fic eh q en rigor no es Beneficio Corato el Gene- ralato, Provincialato ¿ Priorato y8lc. Luego no fe códenatd losGenera¡es, ProvincialesPriores,Guardiancs,$tc. Pusdan clegit porfi Confeflor 41 S2- cerdote fimple fubdico (uyo. 108 Digolo'quinto:Que aúque fea probable la opinion, 4 dize,que el que eftá aprobado en vi Obilpado, pueda en otra fer elegido en Gonteflor por cedelo mimo al q dexd' el Corato, 4 antes tenia,peró no por ello podrá va Cura porrazó dela Carito cofefiat- fe con el que eltá aprobado en folo el Obifpado ageño»ni có-el Parrocho; 4 dexo el oficio Curatojla razon es;pot- uc de elte decreto de Alexádro VII. cotas goza delPrivileg:o de legit el COR Mor, quiliere y q le cócedio » losPrelados en el cap.fin.ci - ravoloego noteniédo otro privilegio no podrá elegir el Cófeffor , q no eltá aprobado enfo Obilpado , o notiene aítual jurifdicción: atqui el q es apro- bado eafolo el Obifpado ag:no,0 de- fito vádel Corato, no tiene aGual juu diccionigo.co lo podra «elegir por íu Contefforel Cta, 109 Dizolo Íexto:Los Prelados regulares no puedea cófefíar a los los Blatessainque (c4 Sacerdotes.Gino ties nen aprobació del Ordinario. Pruebas fe:porque los Prelados Regulares, y; por Prelados ni por regulares tienen jurifdiccion fobre los feglaresyni ellos só lubditos (uyos « luego no puedéen ellos exercer lajuriídicion de ablolveg (in aprobacion del Ordinatio, La có. leqnencia le pruebasporque la juriídis cion de ablolver no puede cxercerfe, fino.en los fubditos por lus Prelados,¿ por quien tuvicre de el Prelado de el. ' fos fabditos comiTion para ello; el Preládo Regular no es fupetior delos leglares, y no eltádo aprobado porel Ordinario , no tiene comiflion (obre ellos:luego no puede el Prelado Regw lar ablolver a los leglares fin aproba: cion del Ordinario. 0 110 Dizo!o 7.Que el Portacho,ó Curas ho puede exponer a vnSacerdo: te fimple no aprobado, para Gcófeli le lus telierelflesja Milo tiene có OÍros. Burb.de pot.Epi/.p.2.alleg.2 5.1121.5P0t= que (tel Parrocho pudiera dar comile fion al Sacerdote fimple , pata q con fefíale a fis obejas,tábien podriadar- | le comilion,para quelo cófeflile al milmo:Sedfíc eft, que el Parrocho no puede dar comiffió al Sacerdore Ñme plespara que lo confielle a el mimo, como coníta de la Propoficion 16% condenada: luego ni tampoco podi dar comiflion al Sacerdote fimples pata que confiefíe a fus obejas » y felis grelles. Lo otro, porque no ay dere! | cho comun,ni particular,de que cont» te tener el Parrocho ¿facultad > pati ÓN poder
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