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22 coca de la confeffion anual , y la opivion,queeto enleñava,queda có- denada en elte Decreto de Alexandro VII. Y con razon 5; porque aunque. el Religiofo recibala juriídicion del Sy- mo Pontifice inmediatamente; pero es precilagondicion para tenerla ,la aprobacion del Obilpo: luego negan- do eltela aprobacion juíta, o injulta- Mente » no tiene el Religiolo juriídi cion, para ablolver : luegolas confel- fiones hechas con €l, ferán nulas: At- qui con la cevfelfion. nula noe farif: tazc al precepto de Ja:confeflion an- nual, como le dirá enla Propoh.ion figuiente: luego el que [e confiella.có Religiolo prelentado al Obilpo,y re- probado injultamente » no cumple con cl precepto dela confeflion. an- nual. : De aqui vieve condenada la,0pi- | ña Fagundez 9.2 .pra - cep. Eccle, lib.7.cap.2.num. 15» Y lle- varon otros tambien,que dezigo,que el Religiolo idoneo, que reprobo in- jultamente el Oviípo » podia confel- lar, como ( eltuviera aprobado;por- que íí el tal Religiofo reprobado po- dia confeílar, como (1 fuera aproba s confesiones hechas con el, erian validas : Juego con ellas (e po- dia camptir con el precepto dela có: feffion anual: Sed fic ef, que cfto eslo condenado: luego tambien le conde: nard el dezir, que el Religioloidoneo reprobado injultamente por el Obil. » pueda confefíar, comofi cltuvié» ra aprobado. . 86 Digolo legundo» Que no fe condenala opinion, que dize, que los Traft, XV 11. Explicanfe las Propof. condepor Alexandy 11, Religiolos, que le contieñan có de (u Orden deputados por fus Pr lados para oirlas confeffiones de e fubdicos,complan con cito con la dé fellivn anual; y que los Relioiof ; que fuera de (us Conventos el licencia de (us Prelados , para confef. farle con qualquier Sacerdote reo. lar,Ó lecular, aprobado, no aproba. do» cumplan con el precepto de la confelfion anual; Ita Torrecilla (obre elta Propolicion num.25, y 26. Por, que los Religiolos, como ny fon fuba dicos del Oviípo > no necellitan de Confeílor aprobado por el Ordina- rio, para confeflarfe,y cumplir conel precepto anual. Lo mimo entienden el Curío Moral y Prado de los.Noyi» cios , y criados coomeníales dejos Religiolos , que n0 le condenael de: zir, que larisfazen al preceptoanual de la confeílion, confefTandofe con los Religioíos; 4ubque no eftén apro: | bados por el Obifpos porquelos No; vicios, y criados conmenfa'os: vienén enlo favorable con membre de Relís giolos. 59 -.87 Digolotercero: Que tam poco (e condenan. las opiniones, que dizen» que:el Religiolo aprobado lo: | lo para.o1tr-confefliones de hombres» | y no.de mugeres , por no: tener qua: r enta a ños , pueda:confefarias tam- biengai el dezir,que el Rel:giolo apto: bado para tiempo determinado,pue: da pañado él, en virtud de la Bula, 0 Jubileo fer elegido en Confellor: ni la Opinion, que dize » que fi al Rellgiolo aprobado le revoca injultamente el | Ordinario la licencia» pueda no obí: | tante AAA
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