BCCPAM000545-2-12000000000000
A efta conclufion queda condenadas Digo lo quarto : Prefcindien- do aora de la condenación ;.que deve ler delatado el Confeflor, que en la confellion pidezelos a la penitente»y el que enla cófellion impone a la pe- nitente por penitencia » que depues en lu cala reciba vna difciplina del- nuda de mano del Confeflor, y (ucede conetetto; Leandro vbifupra 4.16 y 17. Deve tambien! ler denunciado el Confeflor + que folicitado enla con» feflion por el penitente, confiente en la folicitacion: Fagundez in 2. pracep. Eccl. lib.4.cap.3. num.56. Y lo mimo fi lolicitado ala copula, confiente ¡o- lo en oÍculos,y taétos impudicos,Hiá Sanchez en las Seleóbas difp.ar . am; 28. Tambien le ha de denunciar al Con» fefior, que depues de acabada!a con- feflion, llama a lu apofento al peni- tente para darle la cedula de confef- 0n,y alli le (olicita. Diana ex /onffa, P.qutrad?.s .refol.1 5, 44 Vitimamente di enel- te deliéto de la icons fe da tvidad de materia, y affi el Confel- or, que enla confeffion , d confello- pario tiene con la muger algunos le- ves tagtos de manos, pizcos, d colas [emejantes,deve ler delatadozlo vno, porque en colas lalcivasno ay parvi- dad de materia; lo otro , calo tega- do» quela huviera , no la ay eo vn lu» gars y Ocafion:tan [agrado , como el «dea confeffion«Ita cum Fagundez, Elcobar:de Corros Trullenc, e alijs gn Filgueta in hac Propo/, fol. 120, e ' Propoficion VI. Condenada. 301 VI. PROPOSICION CONDE- nada. El modo de eximirfe de la obligacion de dennnciar, al que folicitó es ;frel foli- citado fe confreffa con el folicitantes . «puede efle abjolverle fin la obligacion de denunciar. 45 pe lo primero : Que aunque el penitente fO- licitado por el Confeffor a colas tot= pes en la confeflion, 0 confeffonario, le conficile delpues conel mimo Có- feflor , que le lolicitó , no quedalibre de la obligacion de denunciarle ; y el «derit lo contrario, es el caló de la có- denacion en eft» Propoiicion 7. Ni tampoco queda el penitente folicita- do libre de la obligacion de denun- ciar, aunque el Confeílor, que le foli- citó , dexe de imponerle el gravamen «de denunciar. La razon es: e to procede de los Decretos delos Su« mos Pontifices: luego aunque el peni- tente le confieffe con el Confeflor, quele folicitó , y efte no imponga el gravamen de denunciar » eftará obli- gado a ello el Penitente. Pruebo la confequencia porque el inferior no puede derogar; ai quitarla obligació, que nace de ley deel (uperior: luego naciendo la obligacion de denunciar .emeltos delitos de ley, y Decreto del Sumo Pontifice , no puedeel Confef- lors que esinferior , detogar , ni quis tar la obligacion, que procede de elta ley. A 3 Di- 4 NA AA NT o]
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz