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:.P. Yo Padre, y por aprovecharme de ellos. nolo manifefté áutes. C, Ha: rellituido v. in. elfos diez ducadosal Legarario?.! -P.Hafta aora nolos he reltituido. -' C.Obligacion del Notario,es ma» nifeítar con la devida brevedad los legados, maximé fi [on ad pias cau> fas: Bonacina t0.2-5n precepe. 8.d:fP. 10.9, 3 pumole.n.s. Y fino lo haze, efta obligado a reltituir:cl daño; que le figue de elfo,comoes llano. Y afíi w. hn, procure con la brevedad pofli- ble , pagar los diez ducados al lega. £ario , porque fi no lo haze , endos, 4res, y quatro confelffiones,(e ponea riefgo, de que fe le niegue la ablolu- ció. $%< 34 t > so P.Tambien me aculo Padre, que me hallo con algunas efcrituras eeñidas lolo a membrete,ó protoco- lo, y aunque he dado a las partes in. terefladas copias extenías , y forma» das,me 1engo los originales, folocó- pendiadosen ynas notas,por hallarme ocupado en negocios muchos. C.Eflos membretes,ó protocolos. que v.m.tiene, eltan de manera, que uedan hazer fe en juyzio? P¿No Padre,folo eftan por modo de apuntacion, para conferyar en la mes moriá:lo fubitancial de ellos. CiEl Card: Toledoenla fuma 44.5. ca:61.fmbndiente,que pecan grayes mente dos Notarios , que vienen los initruméntos en membretes,o proto» colos, fin ampliarlos en formazporque dize, y biensque dilatando el ajuftar- los, puede cogerles laamierte fin pó- rerles en forma , y originaríe de eo Cap. 4. De los Notarios: > 224 muchos inconvenientes. Mas benig- no andael Card. Juan de Lug. 10,2. dei difPur qrifecam5. diendo, o-los membreres etanrde manera, que hagan fé cn ¡uyzio,0,n0?% no le eltán , le conforma con el. diótamen de Toledo , y lo condena a pecado ave:Siló eltan,dize quecl Confef= or puede porraríé: con:imas. piedad con los Notarios, encargandoles que poco 4' poco los vayan extendiendo, y conponiendo. Locierro es, que en elo fuele aver mucha omiflioa;, y le deve ponderar cl daño que de aí le figue a las partes,fi el Notario mue- te, comio es contingente, dexando los inftrumétos dinvinutos: puesÍi es'ne- 'cellario facar vn ttaflado,comotepo- del bazer , no aviendo verdadero, y formado original? 51 P.Me acuío Padre, que avicn- dome pidido yn lirigante copia de vn original, que yo teniaca mioficio, le lo negué. C.Yole Jo negó y.m.por áver reci- bido algun interés de el contrario colitigabre? P.Por interés mo,(1 porque el com» trario era mi pariente, C.Y le yino algun daño a la par- te,a quien nego y.m. la copia,o tral= lado? Pp. Si Padre, le condenaron, en que pagalle veinte ducados. ' C.Le huvieran condenado,fi exhá biera €l tranfanto, que v.m.ocultó? P.. No Padre , porque de efe inftrumento conftaya,que no los de- yia. €. Pecó y. m. grayemente cos alali» A IE PA,

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