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» ao Cap. y: Delos Aborados. 107 anetolójen que interelfan los dos, la parte y» fu-defénía-, y el Abogado el £ltipendio de fu trabajo. Sea fic +f, que en-los contraótosonerotos, en q intereflan ambas partes;ay obligació de refticuir, quando la cofa fe prerile por culpa leye; como tiene el comun tentic de Theologos,y Juriftas,y en- feñécola 1.p.dela prac.trac.3. ca. 5»pP/A-prope finem. Luego Íí el pleyto depierde por culpa leve del Aboga- do, eltara obligado a reftituirlos da- ños, y menoícabos de la parte dam- nificada. 23 P. Padre me. aculo, que clto indico “ciertas ps a y pl ¿Cierta cantidad,que cada año me dá, porque las defienda todos los nego- cios , que aquel año ocurrieren:y al- -guna yez ha fucedido no ofrecerfe »en todo el año negocio alguno, y no obltante les: he llevado el falario. 200€ /Y ha fucedido otros años «ayer mas negocios que excedieran enda eltimacion., al precio del ¡alario que - din a van? y? d 7 iaa 103P4 41 Padre,muchas vezes, pte CY los ha levadov. m. por: ello mas eflipendio;que el que tiene can- + certado? P. No Padre. 7. (€. Emoltecafo quiere Diana db; > fuprarefol:42. que Azor a quien Ci- NS os, que el Abigadí no «pueda eyar el (alario, quando no fe +-ofrecen aquel año hegocios: perono - Heva Azor tal opinion en dos termi- nos,que D:anapterende, fino en muy -Aliverío cafó, pués loque dize Azor FP ADO 2 Pus ex:errare Correilori, * Ju,s affert' Diana im Edit. lvgd Ji 13.cap, 29. dub.to . Solo es,que (i por algu caío: fortmyto no pudo el Abogado trabajar ¡enel pleito , mo pueda lle» var todo el falario: Sed verimeeH- quit Azor)aimi-um fal arimm tant deberi.pre rata temporis qu labora- rumefindiro en que tupone elle Auror,que la:parte harenido pleyco, y que el: Abógaido no Puga, por algun accidente proleguirlo ,'y que en cíle caío no puede: MHevar:todo el falario , fino la parte,que corre(pon= «de alriempo'que trabajo: lo qual es muy: diverio, ve paret , del cafo,que propone. Diana, en que lupone , que no hiivoHiegócig alguno en toda el año.La fenteacia de Azor ie parede verdadera, porque fi él Abogado no pudo profeguir el pleyto,cra forgolo Ala parte pagár 2 otro : luego no cra jufto,quele4levaie el Abogadocon- .duzido el falario por eñitero. - Bolviendo a nueltro calo : Tengo -pot muy 'provable la: fentencia de «Gutierrez apud Dianam ¿bid:quedi- Ze, que aunque en todó el año no le ofrezca negocio alguno,puéde l'A- bogadó levar a la parte el falario!e. ñalado. La razón es,porque hechoel- le convenio , no podria el Abogádo llevarle más eltipendio, aunque hu- viefle "muchos “negocios aquel año: luegopara Gfcaigualel cótradto,dic- ta la equidad,que pueda lleva? «kh Tariodeterminad o,4íimque ño'1y4'he- gociós:Confirmale cón ta paridadide los Medicos, que effán conducidos por falario,los quales le levan,aúbG aya pocos;ó ningunos enferios ie. go

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