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Del 711. Mandamiento. Ma,- y no pudiendolo confeguir, hize poro de caftidad,y defpues avivando el fentimiento, hize tambien voto de fer Religiofo" C.Y hizo elfos votos con toda de- liberacion? P,Si Padre. C. Si huviera: hecho eflos votos con femiplena deliberacion , no le obligavan:adbue fub-petcato veniali. Comoenfeñá comunmente los DD: Soto:lib7.de imfbitia q:1.art.2.col.4. Toledo Lib, 4.fm.cap 17.1 4. Mas Buel Rodriguez £0.2.c4p.92.1mm1.y etros muchos que cita,y figue el Pa=. dre Leandro de-Murcia, in dify. tomi 2. lib. difprrrefol 1 qe. 0 32 dr fido effos votos,que v.m. hizo con plena deli- 'beracion, fe puede defender, que no Jeoblican enla fentencia de la Glofa Y capur dudum verb.calore, y deHof- uénte f. per eodem verbo, del Panor- mitano; Tiraqnelo,Ricardo, que cita Murcia en el lugar citado ref 2. 32. los quales afirman. que para que fea walido el: voto. demás de lasplena de- liberacion;fe requiere; que la:ral des liberacion: fea madurayefto es.que no fe hiaya. cl voto, pormotivo, ó.canía de alguna. veliemente. pafhion : effos votes,que v.m.hizo,nacieron de ve= hemente pafion: de fentimiento de no poder confeguir ela domzcllazhuc- go en fentir de eflós DD; elfos vo- tos.no le obligan. Y aunque el P. Leandro de Murcia: juzga por pro- vable cfta opinion , y dize, que por lomenospuede fervir para: que aquel yoto , que aliás fuera referyado a fa Santidad dexe deferlo, y puedan dif peníasiolos Señores Obiípos : pe- rola contraria es comun , y verda- dera, 33 P. Padre , acuíome, que fiendo muchacho,hize vorode guardar yics ginidad. . C. Y juzgo v. m.-que el yoto de virginidad: era” diftinto del voto de caftidad, d juzgo, que todo:era yna: cola? P. Padre, yo no me acuerdo de la intencion que tuve. E: C. Divería coía es, abíolnta= mente: habládo, del voto:«de calidad; “y virginidad; porque el votó de caf= tidad; de fu naturaleza es perpero, y prombetoda culpa venerca; y acto deshonefto;hcito, como el de el mas trimonio;é ilícito, como fuéra de el; pero el voto. de virginidad folo pro- hibe aquellas cofas lafcivas, conlas quales. fe pierde: la for dela ¡ntéz gridad, y violadaynayez, cela lagi bligacion de' elle voto ; y como 14 obligacion del voto fófindai la im" tencion del quelo hazc,(i im. pen= sára,que era todovno,caftidad ¡y vit inidad,el' voto: que hizo, feria voto de abíoluta., y perfecta caftidad res fervada a. fu Santidad. Pero fiv. m, huvicrahecho diftincion de virgini- dad, a caftidad abíolura, y perpemna, y huviera tenido intencion de obli garfe folamente, a guardar virgini- dad no era voto refervado, y viofida yna.vez efa virginidad); ceffava la obligacion del voto; 4. Pero en caío de duda de (tuvo invencion- de. obligarle a caftidad E 2. pet- LS / o po rats E a ER ai A
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