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266 ss Trátado XT. cion ¿y extenhion de la precedente: - -125 Digo lo 2.que no queda cz; porque fi aquella dezia , que por te- Jenada la opimion , que con Moljsz mor de la muertesó infamia era lici- y Bonacina lleya Diana Vb fapia ría há . hi ' to procurar el aborto“ antes de la fol. 3. que dezia , que el penitente sE 1 animacion del feto, y efta dize,que el que por algun ticmpo: dilata pa: Lib: feto no le anima enel vientre de la garlas deudas, teniendo INenCiOj: inadre, fino al tiempo del nacer; fe- de pagarlas,y fin detrimento,ó dañó guialle, que ningun aborto féria iliz del acrehedor,no peta mortalmente cito,ocurtiédó el temor de lamuer- nie le ha de negar la abfolucion.La cc.d infamia Doctrina harto ablurdá, tazon es , porque la opinior conde: y contrafia,no folo 41as buenas col- nada hablava del tomar lo ageno, tumbres , fio tambien a buena ra- folo por titulo de grave necefiudad; zon, y toda Phylofofa. y elta folo dize , que fe puede: dila: tar la paga, quando la dilacion' no e 36. PROPOS. CONDENADA. ocafiona nocumento al acrehedor, dia : 126 De donde fe, infiere, que Ii Ll el burtar ,no felo en Tampoco queda condenada la opi neceffidad extrema ,Jino rambiep ni0n, que ae Nayarto, Angelo, An- tonio , y Pedro de Navarra , refiere Diana, par.3.traét.6.refol.s.que dizé; e 123 Neceffidad extrema fe dize que puede fer abíuelco , el que pu- Ll aquella , que fino fé remedia , corre, diendo luego reftituir todo lo que manificito peligro la vida.Grave es, debe. ó quiere hazerlo , fino pór la quextrac grande moleftia á la na- partes, por algun provecho fuyo, turaleza”, d:eflado : A la naturaleza, de cítono fe figue al acrchedor no: E ENE, en da grave. DO RINA A CENAR como vna grave,y prolixa enferme- table daño; y el Confeflor cree pto" r dad hambre,cautiverio, 8íc. Al efta- vablemente,que negando la abíolu: Ay did do, como verle preciflado vn hóbre cion nunca,ó no tan vtilmente refli- 0 nl í puncipal a exercer oficios mecani- tuya.Notenfe vna, y otra OpinI0D, 14 led Wi NN cos,6 lervir á otros con indecoro fu- que fon de mucho vol , para aliviar A yo,0 pedir limolna. eícrupulos a los Confeflores. AS 124 "Digo lo-1. que-en extremá am | neccfiidad es licito el tomar lo age- 37: PROPOS. CONDENADA no,en que convienen todos los DD. En necefiidad grave llevaron , que Os criadés , y criadas domestica era tansbien licito, Sylveltro, Naya- pueden ocultamente ofurpar a Jul e rro, y otros que cita, y figne Diana dneros para compijar [4 trabajo, pe par:z:sraét.17refol29. Pero ellaopi- juzga por mayor, que el falarso, 9%. 5 nion es ydintoleráble, y la que for- reésben. : ! sualmente aqui fe condena. 127 ElP. Filgucira, fobse cita ON pro-
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