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| 3 necelfidad , lolo es pecado venal: acqui. en la amphibologia equivoca no falta la yerdad,como he dicho,ni la julticia3 como fupongo : luego fi falca la necelffidad , ferá lolo pecado yenial. 78. . Infierefe mas,que fi 4 Pedro ván a buícar 3 cala, y a la muger +6 hijo,o al criado les importa el ocul- tar, que clta.en cala, pueden reípon= der, (in mentir, que Pedro ha falido de cala;y para hazerlo mas creíble, h-importa,jurarlo entendiendo, q ha lalido otras vezes de caía 5 porque ellas palabras ha falido. de cafa:, on equivocas,y fignifican el que Pedro aya falido de cafa,poco hasó mucho antes:luego intentando fignificar-có ellas,que antes lalió de caía, no [era mentira. Aunque alias los oyentes fe engañen,entendiendo por ellas, que Pedro atualmente fe halla fuera de cala. 4» Conclufion. 79 Digo lo 4.que no es mentira, ni condenado ,.como tal el víar de amphibologicas palabras, que, o. el eftado de la períona,o la circunítan- cia del tiempo ,ó lugar, 9 cl modo de preguntar,las haze ambiguas:ahi lo. fiente con Moya Sanchez, y Ho- zes«Torrecilla, vbs fupra regla 2.14, 139. Pruebaíe con la razon miíma, quelas dos concluliones preceden- teszy declarafle con exemplos. Preguntan 4 va Inquifidor,f tie- ne al Tribunal prefo a fulano? AlMe- dico,ó Cirujano,fi la muger a quica Curan, es por citar clteupada? ala cl- Explicanfe las propoficiones condenadas. 255 pia,f1 vá a pelquiíar el campo ?> Pue: den todos relponder , ablolutamen- te , que no: porque la circunftancia de la períona daambiguidad á las pa labras ; y efte nolo se, que pronun- ciado por otra perlona comun figni- fica,que de ninguna manera lo labe, pronunciada por el Inquilidor, Me- dico,8c.Aignificasno lo sé,de manes ra,que lo pueda dezir. A. yn Mercader [e pregunta,á que precio le coftó tal mercaderia?A vié- dole coftado 2.0ocho,relponde,que 2 diez, entendiendo con los galtos de los portes,ó junto có otra mercadu- razclftemo mientesporque por la cir- cunftancia de fu oficio,que neccffita ocultar en femejantes calos. la yer- dad,equivoca la refpueíta, 80 Interroga el Juez al teftigo,ó reo,no oblervando el orden judicial, ó no teniendo femiplena probanga,ó en qualquiera «Je los caos. en, que el teftigo, 0 reo pueden lieitamen- te ocultar la verdad;pueden refpon- der, que no faben de tal delito, y el rco, que no le ha cometido : y ' ella relpucita, aMablolutaméte pronun- ciada,por la circunftancia:de la1legi- timidad, con que cl Juez interrogas fe, haze ambigua,y fignifica,no lo sé, de manera,que lo deba deziros 81 - Por la miíma razon , el que labe yna cola bajo figillo, Ó fecreto patural,puede relponder, que no lo fabe5 :mo, aunque fuera de ella pre- guntado en juyzio', el Juez lc apre- talle, y preguntale, 11 fabia. tal cola adhuc en Íecreto, podia relponder, que no, Ica exprelle Aragon 2.2 .4:209 arte

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