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¿Caa%, ns ES A be a A 0 E A pa hr aereo” q id | a E pe 2 : . dl 2 A AAA E << de e 192 ) C. Puedo vam.hazerlo, porque en cllo el marido es srrarsonabilier invito. Pedro. de Navarra vbs fupra núm. 89. Als miímo puede y. m. en honeltas recreaciones, y donaciones moderadas gaftar de los bienes. co- muncs, lo q otras de [u parte íuclen galtar. Lefo lib.a.de ¡uff.cap.12. dub. 14. »um. 85. Y aun dar limoÍnas or- dinarias legun lu citado, aunque ex- reflamente lo repugne el marido. Molina difp. 274- porque en todo eo el marido es irrationabilater sm- VILO. Parte 9. De los hurtos de los criados» 122 pr: aculome», que de caía del Amo hc tomado algu- nas colas. C. Y fon colas comeltibles? P. Padre fi , y tambien de otras que no lo (on. C. Y eflas comeftibles las.toma- ya v.m, para comer, ó para darlas. a otros? P. Padre, á vezes para comer » y otras para dar tambien A mis amá- 10S. C.El tomar los criados alos Amos colas, que no.fon comettibles,, y aun las tales, para dar A otros,o hiazer las mo/na,es hurto,é induce obligacion de refticair.Villalobos p. Aystradh.13. dif.1o. num.t. y, 2. Menos que le pre- ¡so Tratado VIH: merlas de los Amos,no es hútró, los hurtillos de eflascolas no fe con. tinuan para conftituir materia gra. ye. Porque en lemejantes colas log Amos foloen quáto al modo de 20. marlas ocultamente, (uelen (er impo, luntarios. 123 P.Padre aculome que yi,co. mo de caía de mi Amo bhurtaron ynos veítidos , y pudiendo embara, zarlo, no-lo hize. C.Y tenia v.m.a lu cargo el guar» darla ropa de caía ? Porque Á tuyie ra elle cargo, eftava obligado de juf: ticia á guardarlos, y no lo haziendo pecava contra jufticia, y eltava obli gado a reltituir Lay man leb.3. fecs, tra. 2,0AP.5- 16M. 7. INAVAttO cApag, num. 7. y Otros 5 que enfeñan,qued criado , 4 quien efta encomendad por lu Amo la guarda de alguna co: la , y» g» al Mayordomo las colasto- cantes á [u oficio ; fi por culpa fuya fe pierden, ó hurtan , celta. obligado a relticuirlas:lucgo fi4. cargo de va eltuyiera por ordé del Amo,la guár da de la ropa, deviera reftituir yeltidos + por no. aver embarazado, que fe hurtalien. ' P, padre, yo no tenia cargoclpe- cial de guardar la topa. : 124 C.Y los que hurtaron ela ropa,eran criados de la mifima cal? Porque liendolo , aunque van. pecó contra charidad cn no evitar Cue 01 funma,que los Amos tendrán a bica,. hurtos. pero no: contra julticia m A Ú . ñ : o a mí | el que tomen los criados clfas.cofas, tiene obligacion de reltiruir, guiando 2 £u,cargo no.cftava la, guarda de da | ropa. Soto, Lelio , y otros, qué cita Diana p-3-1rd5 rc f0l.54e que cn efle calo,por la voluntad pre- fumpta dexará de, fer hurto. Pero-el YE TIN tomar colillas comelibles , para cos pt z A e de ra . o P

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