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naria fu padre,harían falta a lus her- manos, Ó hermanas, para acomodar= fe decentemente ? Porque en detri- mento de los alimentos , y dote de lot demás hijos , no puede el padre hazer femejantes condonacio nes. '.P.Padre,no obítante cflos 50.du- cados, quedaba para mis hérmanos baltante congruo , y decente dote. Pero tégo va cícrupulo fundado, en que mii padre en fu teflamento dif- pulosque de fu hazienda entraramos en partes iguales todos [us hijos : í debo yo reputar en mi parte ellos ducados. C. No obíta elo para que y. me pueda entrar en igual parte con lus hermanos, quando prelume pruden- temente , que lu padre le haria con- donacion de los 50. ducados.Porque Cupuelta elta prefumpta donacion, la voluntad del padre feria , que de lo” refiduo entraran (us hijos en partes iguales. 112 pero para proceder con mas feguridad. Digame ¿fabe v. m. que fushermanos avrán tambien viurpa- do.er los bienes paternos algunas colas? p. Padre, tengopor muy cierto, que avrán tomado otro tanto, Íi mas no,que yosporque cada qual procu- raya hechar mano de lo que podia. C. pues íi ellos no entrá en quen- ta,lo que hurtaron de dos bienes pa- terños, fino que entrá 4 partes igua- les, puede v. m. hazer lo miímo, Fa- gundezin 7:decalogs lib.7.CAap. 3. Mo 6:Cola, que fuele fuceder muy de ordinario entre los hijos de familias, SIratado VIIT, que vnos,y otros fuelen tomar 3fig padres, ya el trigo; yael AZCYLE, via no, y otras colas, y quando entran en la divifion de la hazienda, cada | qual calla,y en juíta recompenía del daño , que vnos 4 otros le hizicton, hazen mencion de lo que cada quál tomó. Y los padres , como dixe ¿nu ] tes,Íolo en quáto al mododuelen (ep * inyitos , quando lo que Íe toma, es para emplearlo en y los vtiles de ve tirfe, y femejantes. 113 Pero aunfe puede con mas feguridad ajultar ella cantidad; para lo- qual es necelfario faber [1 v.máira vió: 4 lu padre algun tiempo? p.Si padre quatro años le fervisel; culandole vn criado con mi trabas jo,y fervicio. C. vel padre pagó a v. ma. fu ler vicio? sá 5 ». No Padre, no me dió mas que los alimentos. C. pues folo por efte titulo podia y. m. quedar con ella cantidad; pot: que es opinion comun , que el hijo de familias puede pedir a lu padreyá quien firve, el eftipendio , que daria a vn criado, que le firviera como el; y fi el hijo no fe atrebe a pedirlo al padre por temor reverencial , d pol- que el padre no lo querrá hazer; por drael híjo ocultamente recompen- farfe. Layman lib.3. tratt.q. capdh 12.y con la comun el padre Moy4 en las feledtas tra.6. Mifcelaneo difp" 4quef Ty 12.65. 114 P.Padre aculome, que 00 pariente de mi madre me dexó 20 ducados en dineto,y yo tambienlos ARONA 5 RA O AT A A A
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