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iñjulflicia; y agravio , que fe hizo al dncño del cavallo , comprando vna cofa,que le avian hurtado: y la otra, el. agravioy'que fe-hizo al Ladron, en comprar de el a menos precio el ca- yallo. Para relolyer lo primero: digame yan quando tuyo noticia, de que cfle cavallo eva hurtado, fe relolvió de ucdar con el, 9 trató de bolverle:a u ducño? P.. Padre , como yo lo avia com- prado, me pareció queno erarazon, «el que yo perdicfle el dinero, que me cofto, y alli refolvi el quedarme con el. C. Af comoes- pecado morcal <ontra jufticia el comprar co 2 hur- rada fabiendo:, ó dudando , de que era hurtada,tambienlo esél retenerla defpues «de comprada , labiendo , 0 dudando de.que es hurtada. y Y digame, tenia oportiinidad w.1m.para retermdir:el contradto cón el ladron 3 bolviendole el cavallo sy recuperando fus 30.ducados? P. StPadre. “Ca Y prelumia v. m.verefimilmen- te,que (1 bolvia:al ladron elxcavallo, patarecupcrarfus 30. ducados , el tal dadron reftituiria a /udueño dicho:ca. vallo? í , PiPadre, yo erco,que no lo haria; porque aviendofe retuclto hurtarlo, no“trataria de bolverlo al dueño. C-Siw.m.iuviera verifimil con- getura de quel ladronrellituiria a fu dueño:el Cavallo; podiera-y.m,réf- cindir el contradiode venta con el la- deon entregando eftg:el cavallo, y Del VIT. Mandamiento py cobrando de elf preció. En «S convienen los DD. Mas quando no ay ella verifimil elperancá, de que el ladron aya de bolver cXcavállo a fu decño, eftá la dificultad. Y foy de fentir,'que aun én elte cafo puede poner cl Cavallo ci mános de él la- dron , y cobrar de ¿los 30:ducadas, ora huviefe comprado el cavillo com buena fee, ¡erorando erá hurtado: como dize Navarro cn la fuma Tati DA CAP. 17 2 9: in Ene. Silycltro ver- bo Reffientio 5 q. y con otros Fagun- dez in feptimo precepto lib. 7. tap. 20.:2. 014 lo huvielle comprado col mala fee, fabiendo, que era huétado; Ita Pedro Navarra [..3. 64p. 4. par. 3. dub. 4.Toledo 1.5. cap 17.1% 14. y co1 Ales, y Angelo cl Cafpente lo juzga provable tra 14d fp 1 frc:5. 2:46 y Conotros Diana p.”. tra. 1). refól. 4: Y esla razon; porque cl que compro( fea con buena, o mala fee) noefta obligado a ponerla “cola en mejor clado del que la hallo;y Bata -Que no la ponga én picor eltadojarqui el eftado, en que la halló,fue en ma- nos de cl ladron,de quien la compró: luego fatisface a fu obligacion, redift- ciendola otra vez a las manos de dl Jadron. 73 Empero finopuede refcindir el contrato con el ladron para có- brar el precio y que'dió' por la cola comprada, 6 porqueel ladrón le he y 950 porqueno'quiere, 9 no pucde bolver el precio:de la cola, entonces el que la compro fea-con buera, 6 mala fec) efta obligado a tefliuwrla al dueño yerdadero:gulares.obic 7 - ano 1' PERA ? ER

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