BCCPAM000545-2-11000000000000
no en lo primero, pórque clla volun- tariamente, como fe fupone, confin- tio; y /cienti, ó S.% non fÁt inin- ria, campoco en lo fegdndospies ella miíma , y no v.m.fue caufa de fu in- famia:lucgo no eftá v. m. obligado a reft:uurle cola alguna, 29 P. Padre acufome, que mu- cho tiempo entré en caía de vna dó- zella , varias vezes la folicité, pero nunca ella quiío confentit. CM dels v.m.gozarla por fuer- za, O violencia? P..No Padre, fino viniera en ello, yo nunca quife violentarla, C. En la doótrina que arriba re- feri que quando la donzella confien- tc voluntariamente,no ay éftrupo, no tuvo el defeo de v.m. de llegar a el- fa donzella,malicia de eftrupo ; pot- que el defeo tiene la milma malicia, que (u objeto : el. objeto de llegar a vna donzella fin violencia , no es ef trupo: luego tampocoel defeo de co- nocerla de efía manera. Y af cftén advertidos los Confellores , queen» efta opinion .. no quando fe acula vna períona deaverdefzadoa vna donze- lla, e.hade condenar ce delco por cltrupo; menos que aya defeado co- nocera por violencia. -39-Y Digame , poraver entrado V» 1M.con frequencia en caía de Ma donzellas fe de ha (eguido algun def- credito? P. Si Padre ,. han juzgado en el pueblo , que yo, la avia quicado fu honor. €. Y clentrar Y. m.enfu caía era coníintiendolo ella , 6 contra lu yo- luntad? Del VI. Mandamiento. tot P. Padre ¡ella me dava entrada li- bre,y efpontancamente, C.Si v. mhuviera entrado en fu cafa contra lu voluntad, eftava obli- gado , a refarcir el dañode ela infa- mia, que fe figuió ; fuplicadole dote competente, fegun lo que perdió por elle rumor: pero fi ella confintió li- bremente, en que v. m. entraffle, na tiene obligacion de reltituirle cola al- guna. Ita Molina tra.3.difp. 106.com - ebuf.oro. y otros que callado el nom- brecita, y ligue el Padre Balco.ver- bo firupumen el faplemento n, 6. y confta de lo arriba dicho. 31 -P, Padre, tambien meaculo, que quando era. mogo¡muy frequen- temente retozaya con las mogas, y las beíava. €. Y de ellos ofculos, y juguetes le reíultaya a v. m, alguna polución, O COMOcIOn Partimm Verendarum? P. Padre, a vezes (1 , y otras fola por jugar. C. Los tactos in partibus vereme” dis, liempre fon pecado mortal. Y lo miímo es de los oículos, y abracos, O tocamientos de-manos, quandore- fulea alguna comocionia eijdem par- tibus. Pero quando los taítos fon leyes v. g, en las.manos , roftro, 0 algun ofculo fin dicha comocion , fola por algun gencra de libiandad ,-dizen Cayetanoen la fumaverbo impudici-, tía; Navarro in fuma Hifpanica cap. 16.240.114. Grafis citado, y feguido por Murcia rom. 1. difg. ib, 2. difp. 3-7e fol .13.num.6.y owossque fololon pecado yenial, Pero ella opinion y? no
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz