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Aléxzandro VII. Pero w.im. no avien- do previfto , ni conocido, fe caníaria ranto en ellos exercicios voluntarios, que por elfo le impo Mibilttafle para ayunar , nopecó en omitir el ayuno, ni en ira caza : porque faltando efla revifion; no fue la omiffion volun- taria. Ira Rodriguez en la fuma tom, 1.0.23,12,6.Y OLrOS. 19 P. Padre acufome , queen la Quareíma el día de San Jofeph no ayuné, C. Y trabajóv.m.todala femana, en que ocurrió cla ficlta? P. Si Padre. C. En que trabajo? y a ayunar effe día, Af lo enfeña con otros Thomas Sanchez vb; fup.n 104 y con Medina, Angles, y Victoria , el P. Murcia vbi fup.num. 21.Los qua. les dizen, que el que trabaja toda la Ícmana en trabajo molelto , aunque vio ,.0 otro dia dexe de trabajar , d porque llueye ,-ó por otra cáufa, no tiene obligacion de ayunar effe dia: porque por cl trabajo precedente , y Iubíequente. quedan las fuergas «de- bilitadas , y ncceffitadas de tomar algun deporte en el dia , que cefla el trabajo. 20 P. Padre acufome , que vn diadleve vios Saftres a trabajar a Ca- fa, y yoles di de almorcar, y cenar fiendo dia de ayuno, €. Y tenian intencion de ayunar los Saftres ?-8 eftayan ya refucitos a pO ayunar? * P, Padte ellos pidieron de almor- Del 111. Mandartiento, P. Podando,y dia . se - gar,diziendo,que no ayunavan: C.Si.fucra provable la fentencia de Fagundez in precep.4.Lib 1. capi 8.mum,15.y 16:in fineyy de Ledeíma, que efcuían alos Saítres de ayunar no ténia y. mm. que tener efcrupulo ninguno, por averles dado de almor- gar:pero efta opinion efi condenada por Alexando Vil. en la propoficion 30.donde reprucba el dezir , que toW dos los Oficiales de la Republica eL cán cículados del ayuno , y que ne deyen certificarle , (1 fu trabajo cs,ó noincomparible con el ayuno.Y alí laopinion contraria es la verdaderas y comun que enfeña, quedichos Salx tres eftán obligadosa ayunar , Lay man (5.4 tra8.0,3.0.3.Azot p.2d6.74 C.17.9.-8. 21 Noobltante , que es impro= vable la fentencia,que cículade ayu- nar a los Saítres ¿no pecó y. m. cu darles de almorgar,y cenar,pidiendos lo ellos,y citando aclucltos, y dorer= minados ano ayunar; loyao, porque, como enfeña con Fagundez Diana par.1.traft.9. refol.13. el que ha de, conducir Oficiales, para trabajar en dia de ayuno; no eltá obligado a conducir aquellos, que no obítante el trabajo puedan ayunar. Lo-otros porque al que cftadererminadoaces nar, eslicito cóbidarle por vrbanidad a quecene,como enfeña Filiucio, to 2.174.27.p.2.c.5.. 94. y Villalobos; en la fuma par.s.tr4.23.dif 3. numas Lucgo fi los Saftres cltayan deter minados a no ayunar e Y. My licitamente darles de almorgar , y, cenar. Los

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