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35 E A CAPITULO IV. DEL VOTO, Por tener muchos puntos efta materia del Voto, para proceder condiftincion, la diuidire en partés, Parte primera de la fubfiancia y ) valor de los Votos, ( . Padre acufome , que avien- Po. deltado calarme con vna doncella, y no pudiendolo confeguir, hize voto. de caftidad, y deípues avivando el fentimiento , hize tambien voto de fer Religio- ío. C.Y hizo ellos votos con toda deliberacion ? P. Si Padre. C. Si huviera hecho eflos votos con femiplena deliberacion , no le obligavan adhuc fub peccato ve- - niali. Como enfeñan comunmen- telos DD. Soto lib.g- de imjtitia qu. :. art. 2.c0l. a. Toledo lib. 4-J4M. Cap. 17-8.4- Manuel Rodriguez 10m. 2» ap. 92. HUM. 1 y otros muchos que Cita 5 y (igue el Padre Leandro de Murcia, in-difq. tom. 2. lib.4. difp. 7=refol. 1853» Pero aun auiendo fido eflos vo- tos, que y. m. hizo.con plena deli- beració fe puede defender, que no lc obligienlafentencia de la gloía in caput dudum verb. calore > Y. de Hof- tieníe fuper eodem verbo, del Panormi- tano, Tiraq. Ricardo,que cita Mur- cia en el lugar citado ref. 2. n; 2.108 quales afirman , que para que fea valido el yoto; demás de la plena deliberacion, (e requiere, que ia tal deliberacion féa madura ; elto es, que no fe haga el yoto por motivo, o caula de alguna "vehemente paf lion : eflos yotos, que v. m.hizo , nacieron de vehemente pañion de fentimiento de no poder confeguir * efía donceila «lucgo en fentur de cflos DD. eflos votos no le obligá. Y aunque el P.Leandro de Murcia juzga por prouable efta opinion, y dice, que por lo menos puede fer. vir para que aquel voto, que aliás fuera refcrvado á fu Santidad dexe de ferlo, y puedan difpenfarlo los Señores Obitpos: pero la contras ria es comun , y verdadera. P. Padre aculome, que fiendo muchacho; hize voto de guardar virginidad, C. Y juzgo y. m. que el voto de virginidad, era diftinto del voto de caftidaad, ó juzgó, que todo era yna cola ? P. Padre,yo nO me acuerdo de la intencion, que tube. C. Toda la obligacion del voto lc funda en la intencion del que lo hace , y a, (y. y peníara, que 2

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