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Ñ -8 Trattado í1 | no puede fadar de ella, fiel htir fin notable daño. Ocafión volunta- ria es aquella , que el hombre pue- de evitar fin nocumento notable; v. g. el amo, que vive amancebado con Í1 criada, la qual puede deipe- dir de caía (in daño notable fiyo , Ó de la mííma criada.His prenotatis. 3. Conclufion, 229. Digo lo 1. que no folo no puede fer abíirelto el que de pro- pofito,y dircótamente buíta la oca fion de pecar , fino tambien el que no quiere dejar la ocafion volunta ria. Y lo contrario es lo condena» do enla propoficion 61, Y esla ra- “ZON , porque el tal no viene con verdadero dolor , ni propofito ; pues no quiere poner los medios preciflos, y poflibles para la em- nucnda, 2. Conclufiom, E 230. Digo lo 2. que dunque no €fta condenada la opinión de Medi- na ,y Cordova ,Tabiena , Suarez, y Otros, que cita y figue Juan San- “Uhez en la” jéleftas difp. vo. num. 14. que «dizen , poder fer abíselto tres, O quatro veces el que viviendo en -ocafion proxima, dá palabra alGon fellor, que la evitárá, y nolo hace. Porque la propoficion condenada habla del que no quiere dejar la ocafion, d' del que de propofito fe ¿quiere en ella 3 y efta habla con el -Que propone de falir de laocalon, ' 1 1 _Inedio preciflo para la emmignda, y | aunque a/ja3s no falea. 231. Pero elprudente Confor rara vez debe ablo!yer hata que el penitente primero quite la ocalion voluntaria. lra RodriguezNayar. | ro, y Margarita Conf. apud Moyá ; tom. 1. tralt. 3. dijp.7. q. s. num. 5. Sila / veítro, Chapeabiila, y Fernandez, | que cita, y ligue Diena ps Srrarejal. | 107.5 noyiflime Filgucira Jobre efta pra | p fi s0R fol. 257. $- ni dominus, Y el P. Torrecilla fol. 96. n. 89. La razon €s, porque €l propofito yerdadero ha de fer eficaz come dice Layman Ls 11.6.c4p=4» D.7. atqui cl propofito, O deflco eficaz pone los medios | precilos para cl fin: luego fiendo el dejar la ocafion proxima : el que | n> la deja pudiendo, no tiene Pro- polito eficaz de la cmmienda, su. | firmo atqui no pucde ter abíuelto., | el que no tiene propolito eficaz de ' la cmmienda: ergo «ce. : 232. Lo otro, porque los que yi- | yen en ocafion proxima volunta: | ria, Vt in plutimum , fon perfonas | de vida licencioía, y que confielían | de tarde en tarde, con que fi yna | vez le Iesabfuclve fin dejar prime- | ro la ocafion , como la fegundas tercera confcftion llegan tarde, co: meten en cie intermedio muchas culpas: luego para eyitarlas, fer preciflo, que el Confefíor les obli- | gue primeto,a que dejen la ocafó, ' y defpues buelvan por la Gbíola: cion. PE |

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