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"Explican[g las propoliciones condenadas. pala vb; fupra Plat. 13. mum. 10. Y Le prucba; porque el reacmir la pen- fion,no es Otra cofa, que vna f0lu- cioManticipada de los frutos , que cada año fe han de pagar; atquilos frutos le pueden cada año vender con propria authoridad: lucgajtam bien redemfir.V cafe al R.P.Fr.Mar- tin de Torrecilla. concin. 11. per totum fol. 248.) 249. 165. Infierefle lo 3. que tambien le puede dar dinero porlas Capella nias no collativas, queíon aquéllas que fueron inftituidas fin authori- dad del ordinario , O otro Ínperior eclefiaftico. La razon es : porque dichascapcllanias ni fon beneficios eclefiafticos, ni trahen la obligació de rezar el oficio divino.Como di: qe Palao?:2- 172. 13- difp.x. punt. 6.NUM. 5. e feg. ino que fon colas mere temporales * ergo Sic. 166, Infiereíe lo 4,.que por el tra vajo extrinlecamente anexo ¿das colas efpirituales: y. g. de cantar la Mifa,ó ir media legua,o vna legua ádecirla,O 4 predicar ác. le puede llevar. precio temporal. Ita Suarez, Valencia, $ aliy,guos citatosíequi- tur Caltro Palao, 3,diP:3 PUE. 11,21. 3. Porque ell? trabajo extriníeco es precio.cftimable, y cofla temporal: ergo Kc. 167. Infiereflt lo s.que tampoco csfimonia el recevir cof tempo» sal por el trabajo intriníecamente anexo á las colas elpirituales, no co BO precio de dicho trabajo [ quid. Quid in contrarium fentiat Aragon, “(lio , y 01105] fino folocomocí: .77 tipendio para la fuftentació Pala0 vbi fupra pun». 1.y 2. Suarez, Soto » Silbeítro, y otros, que cita, y 7 Diana». 11- 1146 .refol. 34. ¿n fine $ Jed: queres. Y aMiporel traba;o de decif Mifla, predicar, baptizar, orccrárs o adminiftrar los Sacramentos 1e puede llevar cofía temporal permo dum ftipendi).Limitan dichos 1D. efta lentencia : quando lasacciones epiritualesaño fon alids debidas de juíticia; y por efta razon el Cura no puede llevar citipendioporad- miniftrar los SacramentoN 6. enfe ñar la doétrina criftisna : porque cítá obligado de juftuiciaá cello, 5. Comclufion, 168. Digo lo 5. que tampoco fe condena por fimoniaca la permn. ta de cofía efpiritual por efpirirual [ exceptuále los beneficioseclefal ticos,que el-permutarlos fin ¿utho ridad del ordinario,o de aquel Prés lado.a quien perteneces la colación de tal beneficio ,ferafimonis de drecho ccleliaflico. ] Corfta nuef traaflerciondeltexto miímo de-Ja opinion condenada , que hal laya de cóntrato entreteomporal, y « Ípi- ritual: luego no le condana el per- mutareípuitual por cfpirital. Y lo vencai el BT orrccilla con] um- bier vbi /upra conclu.a. n.37, 169. De donde fe infiere, fer Jiej- to el permutar vn<sagnos ber ditog cruzes, medallas, $ c.por ctrcs.Son licitos tambjen aquellos contratos amigables de en 1Cis millas, y ote n

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