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Fxplicanfe las provnficiónes comdeñ adas. cialmente , qué no fe puede fuplir. De que fe infiere, queatinquees opinion probable, quie la legia. y la aguarofíidaes legitima materia del Sacramento del: Baptifmo , pero effáa opinion no Té puede prad%icar: porque es. materia, de que pende efencialmente el valor del Sacra mento: pero en cal> de neceflidad, quendo no ay agua natural, y el niño ha de morir fin Baptifmo,, Ál- no fe baptiza con legia, Ó agua ro- fada , fe puebe bsptizar-con ella. Como advierte bien el R,P. Er. Martin. de Torrecilla en la explica- cion de ela propolicion «ra. s. conel. 21.67. Por2ueen callo de necefi- dad cede el Sacramento'de lareve- rencia a el debida, porel “bien del proximo, para que fe nítituyó. lra nofter Caípeníis tract. 11. de conciencia difp. 2 ec. 5.N. 4%. ' 7 Digo lo fegundo, que aqui no fe condena el leguir opinion pro- bible acercade la integridad mate- yial de la confeffion. Como dice el R.P. M. Lumbier en la ediccion latinacxplicando elta propofición. Objervat. 3. 5.1.1. 26.12, KaZON €S; por- que laintegridad material no fe re- quiere eflencialmente para el valór del Sacramento. E De que fe infiere, que fe puede praéticar la opinion prebable , que dice , que las circunftancias agfa- vantes no fe deven confe far. Infie- refe lo 2. que las opiniones prova- bles acerca dimidiar la confelion, y acerca de los pecados dudofos, tampocó fe condenan en cfte de- Creto. o -"18/ Digo lo terceró:que tápoco, fe condena la opinion Thomifta;que concede Sacramento valido, ¿in- forme. Ita Lumbier en la ftima 4 2.1200. 6 in oblervationibus theologicissob= fervata Sa taí O obíiruatias. $34 5140 Y la razon es, porque el Sacramen- to informe notoca.en el valor del Sacramento, fino en el íruto : aqui lolo lo.que toca al valor del Sacra- mento, fe condena: luego no fe condena la opinion del Sacramen- to valido , € informe. De donde fe infiere ¿ que el que mucho tiempo hacftado en algu. nacoftumbre, O ocalion de pecar, y fe confeflava con buena fé , no cfté obligado á reiterar las confef liones de efle tiempo aunque alias ayan fido informes. Infierefie lo 2. que el que porignorancia aunque Íca vencible ) dejó de confefiaral- gun pecado creyendo erroncamen te,queno era pecado¡ó que no exa mortal, no eftá obligado 4 reiterar confefliones, en que lo omitio¿fi- no que baíta , que le acuíe del tl pecado omitido. Tra cum Nayatr Vazquez SK alijs Diana? 3. traít. 4. yejol, 10B4 2 Ai ' c. Digo lo'4. qué en efta condes nació no le comprehenden las opj* niones que favorecen á lospeni- tentes, paa cón ellos,fino folo con los Miniftros. Elta conclufion la lleva con el M. Hozes , el R. P, Torrecilla , in hac prop.f.11.. 95. Por- que la opinion “Condenada dice : in conferéndis Sacramentis - lO qual folo al Minitro, nodl penitente, toca. Gg2

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