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nes eflasmercaduria , por lo qual eftá cond:nádo elle contrato como víncario por Innocencio Xl. en la propofeg1.” Lo mifino lugede en el contragto moatrazen quePedro vendeaJuan al precio fumo vna mercaduria, có aíto de que” Juan le la rePendad edro defpues á precio infiado.Tá bien clte és. mutuo paliado; pues es lo miímo , que li Pedro preltara á Júan €l valor de la pieza á precio infimo, y delpues»percibiera el pre cio rigurolo de.ella, Tambien efte tontra“to moatra eftá condenado Por el miímo Inocencia en la pro- policion 40. “ Lo:miímo fucedio en el caío de V.m.pues fuelo miímo,que fi y... Inbiera cobrado de Pedro fis cien eales , y los hubiera empreítado Moda vez con ella condicion de ¿gue Pedro vinicfic a comprar dei ticnda todas las veces,que fe le ofre tomaf Mercadurias. para verificar ,(i pudo V.m. li- Citafiento imponer. ella carga;es pps labers fiv. m. vendia 4 Pedro. mas caro de lo que hallaria $5 45 tiendas. AR 7 ¡bio yo al precio corriente Y vendi lasmercadurias, : C.X la hácienda que ym. ven» dia, era tan bucna, como lá queen otrasipartesfe vendia ? o Padre... | ai E. Y la, tienda de y..m. eltaya iy diftante dela cal. de Pedro, e forma, que.le (cria /maleftoacu> “Wir á clla.por recado is 00051 00 E Tratado VTIT. Concurriendo las cirenntancias de la igualdad de precio, y bondad de las mercadurias , y que á Pedro no le era grabofi el acudir á futien da,mas que á atras: enfeñan S.An. tonino , y ofros que cita Diana». y. tr.8-ref. 59. fer lícito el mutuar con ella condicion,de quePedro vinief le á firtienda a comprar todas las yeces , que necellitafle de alguna mercadyris. Y porconfiguiente fue licito en eftaopinion , €l que v.m, dilatafle la paga a Pedro con ela condicion : pues ella ailación fue yn mutuo paliado, y virtual. Y la razon ,que puede apoyar cíta opi- niOn ,€s; porque la yidura es,lucrú €x mutuo : atqui y, IM. BO LUbO ya- nancia alguna en virtud del muro; luego no fue vílura. Pruebo la me. nor: perque no tubo ganancia en fu deuda, pues fi cien reales le de- ba, otros cienle ayia de pagar 5y (1 tubo alguna ganancia en delpachar la mercaduria 4 Pedro ¿ que venia á.comprarla en virtud del paéto an tecedente , ella ganancia provena del Contracto real, y verdadero de venta, y compra : luego no délmy tilo : luego fue yllurario. No »obftante la contraria! Opi» nion es.comun.,. y, Ja defienden con Santo Thomas , Silbeftrós verbo ura. q: 2. Medina: en lafumadióxo cap. 14-5.23. Molina tom, 2 dijp-308,J-399 y Otros muchos. Yes la razon: por quees vliura el mutnarinponicnda al Mutuatatio alguna carga preció cilimable ;, atquiv. am. .inponia 4

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