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VIL Mandamiento. algunos Canoniftas ponen fu cofta ¡fa diciendo, que el lucro cellante olo fe puedellebar, quando el mu- tuante emprefta rogado del mutua rario,y no quando 19 hage de fu vo luntad. Pero la comun de los Theo logos lleva lo contrafio , que ora mutue por fia voluntad,ora rogado delmutuatario fe puede Mebar celia tres del lucro ceflánte. Molina dé juft. tom.2.di/b, 315. Leflhio lib. 2. de ¡uft.cap. z0.dub. 11:n.30. Villalobos /.2. ra; 22.dif,8. DIM. 4. Y digame avia v. m. de hazer al gun gaífto en confervar elle trigo halta Mayo? v. g. alquilando algun granero,0 conduciendo alguna per lóna para conferbarlo? P. No Padre,en va grancro mio, y Sólo con mu cuidado lo avia de guardar. . C. Y avia cierta feguridad,de que y. m. conferyaria effectugo hafta Mayo? : P. Si Padre porquea mimefo brava mucho trigo, y no aviaricigo de que yo lo gaftale. C. Dellucto, que cer al mtuútruá tepor aver mutuado E ha-de difini nuir el galto-, que avia de hiácer en sonleryar la cola rñitítuada ¿pues Te ahorra de ella por averla transferf- dol mwtuatario; tambierv/c ha de difminuir alguha.cofi Kgunla (egú ridad maior, d menor, quéávidén la ganancia debutro Comio dice el axioma común de los Theologos, hd guodc/ ia (pe, vomieguipoller eriquod efi im dure. Pero pues Y. nt. ¿no aviá de hazer gaíto alguno cn cónférvar el figos y á mas de co: tenia fegura ¡25 certiduiiibre, de que futrigo (e có. fervari3 nafta Mayo;pudow. m.mu- tuar con ella condición: po: razon del lucro cefante. P. Padre acufome , que aviendo exéectitado 4 Pedro por cicn reales, que me d<bia, y pedidome cl mifé mo le élperalle vn poto de tiempo mas Yo le lo concedi Cof condició de que fiempre,que fede ofrecio comprar mercaderia, la levafle de mi tienda. C. Aunque algunos dottores eE tados pot Ximeno trat. dé o fubis 2.6 lleyaron-, que por la dilacion de la paga le pedia llevar al mutuatario alguna cola yltra fortem;pero cfto yaes improbable,y condenado por eltandalolo3 por Alexandro VII, en la propofición 42, Para dar huz 4 la refólacion de cíte, y otros calos envefta materia fuponso,que la vfara Ef lacruni ek mútuo.V ná gananciajqúe proviene del contrato delmutúo, de manerá que en mingun otro contrato, fino folo'en el mutuo puede'aber fur Paro 12 ha de adyertir, que ee tralto de mutud-fuele hallárie pa: liado en Otras contifadtos; como E verá enlos fimiles figuientes. Veno de Pedro Y Juaf vna pieza de paño: fiadoyy pordárla fiada lay carac 0 IU 'atmqué parece venta , no es fino “Mútio pallado; pueses lo mifmo, que fi Pedro dias £1/4Juailella pieza, y Juan pagara luego El precio jufto, y luego mu. tuara Pedro 4 Tuan efe mifino pre- cio hala el eS ¿ca que le a 2 Ñ

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