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145 que fe haga la publicacion> C. Luego las ha de tomar v. m. Acá en Navarra fe hallan. en todo el año en Pamplona en caía de el 2 1miniftrador de la Cruzada ; y afí con la primera. ocalion , hagalas v. m. tracr. Y digame, fabia y. m. que avia privilegio de la Bula paracompo- ner la reftitucion de elfos bienes? P. Si Padre. C. Y fino hubiera ef? recurío de la 'compoficion, fe hubiera y. m. arrojado 4 hacer elfos fraudes ,, y hurtos ? P.. Si Padre... .. C. La: Bula de compoficion no vale ados que obran.en confianza de la miíima Bula; fi empero para los que obran con confianza dec ]l; y ay efta diferencia de obrar en, 9 con confianza de la Bula. Obrar en. confianga es, quando vna períona hurta fiado, en que con la Bula fe compondra ,de man:ra, que li no tubiera ela confianza, no hurtaria; y álos que ai obrán, no les apro- becha la Bula,fino que todo Jaque han víurpado ,lo han de rcítituira pobres,Ó/e ha de recurrir 44Comil. fario general de laCruzada,paraque, <ometá. facultad elpccial de coín poner eflos bienes, .Obrar gon cun fianca de la Bula es, quándo yna ríona hurta movido de codicia, QÓtro motivo, de manera que aun que no huuiera Bula, hurtaria del ifiyo modo; perole queda el con (acló de que ya q;hace el malsfe có. pondrá con las Bulas 5 yá cítos ya: Tratado. V11 le les aprovecha la Bula de. compofi». cion. Capit. zu De la Rapiña, » Padre acúflóme , qued vna períona le hurté vn boltillo E que tenia dos péffos. C. Y fue viendol; el dueño > P. Si Padre. C. Y lo hurto v.m, con violenéia; Y refiftencia luya ? P. Si Padre. C. Pues efle fue pecado de rapiza Que fe diftingue en efpecie del hur- tO : y confiíte en hurtar la cofía agena á viíta de fu dueño, y reniten+ te cl mulinoyy tiene dos malicias en elpecie diltistas, y opueftas A la yir tud dé la juíticia : la vna por víurpar lo agenos y Li otra por haceríe vjo- elencia 5y no lolo deve reftituir lo Qhe v.m. le hurto; fino que tábien le ha de dar fatisficion del agravio, que hizoá fu perfona, pidiendole perdon de el, Ira comuniter DD. > Capit, 4. Dela Reffitucion, T Res fon las raizes, de que pro- cede la obligacion de reftutuir; la vna es Xreaccepta ; la vtra ex inbufta atceptioñe Vel damnificatione ; yla otra ex contratju. Tábien los que cooperan al daño con accion fifica, d moral, eftan obligadosá reftituir, y entíte vero le contienen, los que puéden cooperar á el. Liffio, confenfus, confiliwm y Palpo, recurjms. Participans, muros nom obflant, non mañi A P Zn InBho,
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