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os iO Del PT, Mandamiento. Ez €. Y confeflo rm. que aviafido, en effa forma de confellarle 2 P. NoPadre.. ¿ €. Y felo pregunto elConfe flor? P. Padre Tampoco. C. Puesfiv.m.folo canfefló,que avia tenido:eflos tados, y no expli- 05 la circunftancia de ter fimulan» -do la confelfion, ni el Confefio» adyitrio el preguntarlo , COmO le, avia dé imponer la obligacion de denunciarlo ? P Padre, elFno me folicitó para pecar defpues j No importa 3porque no folo el que foliélta para pecar defpues,de- ve fer denunciado 5 fino tambien el que en el confeffonario,ó fimulan- dola confefion dice palabras des- honeltas , d tiene tacamientos im- pudicos. * Confta tambien de la conftitu- cion del dicho Gregorio XV. vel ¿tum cis inhoneftor fermones, five trablatas babuerint. Y confefé v: m: con el falantes,, 6 defpues de ellostattos ? P. Si Padre. C. Y la confefíion fue immedia: tamentezantes , 0 defpues de eflos tagtos? O hubo otra cola de por medio > P. Padre, inmediatamente del- pues me confelló; porque «1 me lo dijo afíí, po que Dios perdonara mus peca OS, €. Pues, aunque aliás-1no eftuvie ra v.m. obligada 4 denunciarle por efos taftos , comolo ella 510 efta- ria-folo por efa circunftancia de a > averíe feguido immmcdiatámente Jay confeflion; confta tambien expre-- famente de la fobre dicha conítitu» cion: In acíw facramentalis confefionds, five ánte., vel pojt immediate. De manera , que fialgun Sacerdote tiene algun. acceflo , O taítos indecentes, Ó pas labras laftivas con alguna períona y € inmediaramente la conficfla de» ve fer denunciado.. Pero no quando la confeflion es immediata 4 los taftos , de mode: que entre ellos, y la confeflion me die otra cofa: v.g. fe confiefla la per fona , fale del confeflonario para fú cafa,y el Confefíor va en feguimien to fuyo,y la folicita 5 cfte no incur- re en el delito de la denunciacion.. Ita Scorcia in bullás pontifi. epif!. 79, theoró 197» apud Dianam P.1- tra. q. refobi4: Porque la conítitucion dice, que ha de fer immediate : luego quan- do no es inmediate, na ay obliga» “cion dé denunciar: Y digame, fave v.m. fi el tal fujo- to efi infimado de femejante de- Gto de folicitacion, O ha oido ym... algo de ello? P. Padte, yo no lic oido nada: C. En cato., que el delinquente no cftá infamado de femejante de- lito de folicitacion, no que es tan ceulto, quetolo vna perfona lo la- ye, fienten Reginaldo,y otros mu- chos, que cita. Leandro del SS, rea difpas. 4-54 QUE NO Ay obligacion de denunciarle.. Sed quidquid de probabilitare huius Opinionis. Para la praética es moralmente impofh- ble ajultar soi ra 3 porque 2 nl A ci ns o a. ud == — Pa > S e co EE e qe -—_ A nu: e e nu A na E ES ¿e e e € ron Je E ” j 4 : El | " A 7 Lo 41d y A i y E A A RÁ SES a

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