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Dei Y! cAPiPdamientod po venga en Conocimiento. de cl. OS. en! : P. Padre,me acufo tambien, que el tal mozo, ño queria caflar def pues con mugos y yo le obligue por jufticia, 4 que cumpliera lu pala- bra. C. Y digame ¿le ir.dujo v. m. al principio , para Contraher los ef poníalestOcliv.m?. P. Padre el me buíco, y folicito, para caíar con el ,y ¿peticion 1) a, le di palabra de cafamicnto. C. Pues fi el fue quien indujo á v.m. para celcbrar los e/poníales,y darífe palabra de cafamiento, pudo defpues v.m. ( no obítante efle de- fcGto ) obligarle, 4 que cumplicile fu palabra. Ai lo fienten Coninch, y Ponze en los lugares citados.Y lo afirma por provable Diana).3.1ra.4. ref: 1288.con Sanchez l. 1- de matr.01/p.58 2. 4. 1os quales enfeñan, que quando los defefrosno fon perniciolos, pue de el que los padece, obligar 2 tu conforte yá que cumpla los cpon- fales quando el fue el, que folicitó dichos efponíales : efía falta de vir- ginidad es ¿efeto noperniciolo: Juego S3c.No obitarite! mas p:ova- ble me parece lo contrario. +*uÓ 09290 G15b 14 Pavo Y ide” 15 impeRmertos QUe foto Imi9ideh el matrimonio» 2 ' 'G16 07 79D" 19 31b" Ma E Sra diferencia ay entre los impe: dimentos dirimentes, € impedi-" mentes; que el martimónio coñ- traydo con impedimento dirimen- tc es illícito, ¿smvalido. Pero quin” sof" do fe contrahe con, impedimeñtos impediente, aunque es valido el'2 matrimonio , pero cs pecado mor. - tal contraher con Icmejante impe- - dimento. * vatro lon losimpedimentos , que oy eftan en víb de impedir cl matr:monió3 que fon el voto lim- ple de cafudad, el voto fimple de religion, los efponíales contraydos con otra perfona, y la prohibicion * de la Iglc£a,efto es,quando la Igle- . fia por alguna caufa razonable pro hibe, que no [e contruiga efte, 0yel otro matrimonio. , P. Padre ¿culome, que teniendo hecho voto abíoluto de caftidad , fin diipeníacion me caflé. C.En prumer lugar peco v.m. mortalmente en ayer calado con cfle impedimento impediente. Y digame v. m- delpues quando confumo el matrimonio, pidio v. m,el debito ,ó fololo pagó? y def puesaca ha hecho lo miímo ? P. Padre entonces y defpues lo he pidido muchas yeces.: «C..No obítante elle. poto debia v.m. pagar el debito -, quando fu contoreedo-pediacxpicilasy Ó tabta- mente. Porque ubliftiendo el ma= túmonio valido; qualquiera de los confortes debe de jufticia pagar el dcbitGz no obltante el voto, que v. ni. tenia fue Valido dl iattimonio: E pagar el de: Ito, -EmperaMfiémpre; que v. tm. fldio el debiró , pecó gravemente, por- que ni contray do <l mariiRo- ETT 04 pr Oz É

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