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She e quaife deve impntara: ella mife “ma, que: quilo/engañarie voltinta». riamente:, quando. tenia baftante- fundamento; para no alucinarle có, las: tinieblas de la pafion engañofa.. P. Padre acufome, que 4vna mo- za di. palabra de calamiento , y def puescaflé con otra. «€. Y tubo v.m. alguna cauíá pa: ra callar con la gunda ? P"Padre, 4 la fegunda viole con dar la palabra de cafarme eon ella. C. Y violó. v. m. tambien 4. la. * primeres: -.B.No Radro., C..Qpinion.es de Bañlio Ponze Ub. 11. de matrimen. «cp 14. ni 4. de Coninch, y Rebelió con Diana,. PG otra, 4. ref 210, que los primeros, efponfales,en que no hubo copula,, fe difuclven, por tos legundos, cn. que la,hubo., Y es la razon, porque quando, ocurren, dos cofas, y en la vnafolo, media la confecucion del. bien, y la otra el: evitar el. daño: an- tes lc ha de atenderá evitar el dañ:o,. que no ácenfeguir el bien; en cá- traher con la primera, con quien no hubo copula , folo fe interela el. conleguir el. bien del matrimonio, y en contraher con la fegunda, con. guien hubo copula, (e atiende á e- vitar cl daño, que por la tal copula. le le bizo ; luego le ha de atender mas4, contraber con la fegunda,, que con la primera, Empero demas del pecado, que ve hiza contra caítidad en la co- pula conla fegunda,peco tambien. cOnhtra julticia; porque por los ef. Tigado VIT ponfáles primeros adquiriodtecho, de julticia la primera para cLryatij. monios en dar palabraa larcgúnda con copula, fe impofibilitava v.m,, 4 contraher matrimonio con la pri, mera : luego peco contra ¡utticia, De los. Efponfales de parte: de la mngero. . Padreacufomáe, que dipalabra, Pue calamiento 4 un mozo , ¿on quien cafe defpués,cl qual fi lupies ra, que yo no cft3ba con mi inte- ridad(como realméte no lo efta. ba ) no imbiera calado con migo.. €. Para retolucion de efte, y o-. tros calos tupongosque ay vnos de fcGos perniciolos al matrimonio ; otros ay que no-fon perniciolos ,, pero lo hazen menos apetecible.. Perniciolos fon, alguna enferme-. dad contagioía,.0 alguna infamia. grande. No perniciolos fon y. g. 11. le penlava, que la mugcr.erá her- moía, rica, ó virgen, y en realidad no lo era. Los o que fe aclebran con los detcátos permcio- los fon invalidós; y aunque adven- gan á los elponíales yá contraidos, los difuélven. Los efponíales con- traidos*con defeétos no pernició. los, no los haze, invalidos.Es doc- trina de Ponze lib. 1,. de matri. cab. 18. n.5-y 6.deConinch de.Saqram.dilp.37.dib.x2. HH. 91.0 fequent. : ' Y en cíte calo de los, impedimen tos no perniciolos, puede la muger diflimularlos , y ocultarlos ( como Ícain mentir), para que el elpolo.

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