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Del In eftipendio por eJ,como enfeñan Cajetano, Soto, Medina,Navarro, y otros que citaMurcia vb Juprarefs. ».5-y es la razon3 porque fas legis you cadis Jjeb lege: Inego el que le haga ha obra por fin del eftipendio; no fera contra el precepto , quando la tal obrapor la difpeníacion es per- mitida.Del qual principio le infiere que por fer liciro el elcribir en dia de ficfta; fe puede percebir eftipen dio por efte exercicio. Aqui es mencíter . que el Con- fe (Tor advierta á muchas mugeres que pienían, que el dar quatro pun tadas en dia de ficíta es pecado mor tal, y les diga como en efte precep- to ay lu parvidad de materia, y que el trabajar una hora, no es pecado mortal enfentir de ÁZor p.3Lib.1.cap. 27 1.5. y auná Bultimbaum tr.ét.3. ep 1. óub. 2. num. 7. le parece , que dos horas es materia parva : del mimo fentir es Filiucio que cita, y ligue Diana, P. 2. 74.1, 5 «Micelrejol.38. $- quenamvero. Si bien file hace (in necefidad; fera pecado venial: pero aviendo necelidad ; no es pecado alguno el trabajar el tiempo dicho. Cap. 3 De el Ayuno. pa acufome , que algunos diashedexado de ayunar. C. Y porque cauía ? P. A veces fincaula , y otras por algun trabaxo en que me ocupava, C. En cumpliendo 21. años obli- ga a todo Chriftiano (menos que la-enfermedad, ó travajo lo cícule) Mandamiento. 51 el ayungentoda la Quarcíma, Tem poras , y Vigilias de Santos, que traen ayuno ; y el omitirlo,es peca: do mortal. Pero en los Viernes, y Sabados de entre año, aunque ay obligacion de no comer carne; no la ay Je avunar. Y en que trabajo fe ocupaba vm. quando dexaba dcayunar? , P. Padre, á veces podando, otras veces meibaá yer los peones. C. El podar esrrabajo fuficiente, para eximir del ayuno. Porque es principio comun de Theologos , que qualquiera trava- jo recio, 0incóparible con elayu» ho, elcufla de el: tal esel podar, cabar, layar, fegar, labrar, y los (%- mcjantes : luego v. m, los dias,que podaba, no eltaya obligado ¿ayu nar. Y quando v; m. iba 4 weér los peones ; tenia muy lejos las here- dades de manera, que fe fatiga fla mucho en ello? P. Padre algo lejitos eftavan; E Y tolia v. m.ir ácavallo,ó A P. Padre , A cavallo, C- El PePa ¡Alexandro VII en fu decreto , delaño 1666. en la pro poíición 31..cond no por impro- vable la Opinion, que decia, que todos los que andavaná cavallo, aunque fuefle fin.neceffidad , y el viaje lolo fuefíe de un dia; eftavan defobligados de cl ayuno. De quefe infiere, que v. m. an- dando á cavallo á veer los peones, y notenicudo en el cápo mas tua- Ga

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