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bt matt ———, ¥ — 18— 44 Las Religiosas Consejeras residen en sus propios con- ventos y sus consejos y votos deliberativos o consul- tivos los obtendra la M. Presidente por carta. Cuando haya que someter el asunto a votos secretos se remi- ten estos a la M. Presidente, que hace el escrutinio me- diante el Discretorio loca] del monasterio del que ella es la Abadesa. 45 Lo mismo la M. Presidente como las Consejeras ha- ran al principio del sexenio juramento de guardar se- creto todo aquello que pueda perjudicar o molestar a alguien o que pueda causar e] menor dafio a la Fede racion o a los conventos federados; secreto que se guar- dara con todo rigor aun después de haber cesado en el cargo. 46 Aunque las Consejeras federales estan sometidas en un todo a las Abadesas locales, conviene que éstas las respeten y no las corrijan ni castiguen en publico. 47 De la religiosa Secretaria. Es oficio y deber suyo el escribir cuanto ordena la M. Presidente tocante a asun- tos de la Federacién y aun ayudarle con su consejo. Ella levanta acta de todos los acuerdos tomados por la M. Presidente y Consejeras y los archiva y conserva en el archivo de la Federacidén. 48 Ha de residir en el monasterio donde mora la M. Presidente y ha de hacer al posesionarse del cargo ju- ramento de guardar secreto sobre los asuntos de la Federacién, de los que por razon de su cargo se hubie- re enterado. En la visita canénica ordinaria y extraor- dinaria que hace la M. Presidente a los monasterios fe- derados ella le acompafa y toma nota por escrito de todo. 49 De la Religiosa Ecénoma, Siendo de necesidad que
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