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Compendium Missionum 7% algun casso inevitable, accaeciere, que el suso dicho falte, 6 pueda faltar de la Fuerza, Ó por enfermedad no pudiere exercer el Officio, le damos poder, y facultad para que pueda nombrar una persona benemerita, y fide digna, que usse del dicho Officio en el interin, que de lo que assi succediere, y si muriere, se Nos dé quenta en el primer avisso, que viniere a la Ciudad de Malaga. Y mandamos al Señor Alcaide de la dicha Fuerza del Peñon, y demas Officiales Reales, y vecinos de ella, y á otras qualesquiera personas á quien en alguna manera pueda tocar, aian, y tengan al dicho P. Fr. Joseph de Granada, y no á otro alguno, por tal Vicario, Y el Pagador, y Ministros de Su Ma- gestad le acudan, y hagan acudir con los salarios, sueldos, y aiudas de costa, derechos, provechos, y emmolumentos, que como á tal Vicario se le han señalado, y le son debidos, como los han llevado, y debido llevar sus antecessores; y le guarden, y hagan guardar las honrras, y privilegios, y excepciones, que le son debidas, Y valga este nombramiento por el tiempo de nuestra voluntad. En testimonio de lo qual mandamos dar, y damos las presentes firmadas de nuestra mano, selladas con nuestro Sello, y refreridadas de nuestro infrascripto Secretario, en la Ciudad de Antequera en 27 dias del mes de Noviembre de 1660 años. — Antonio Obispo de Malaga — Lugar PH del Sello — Por man- dado de Su Señoria llama el Obispo mi Señor — Dn, Matheo de Murcia y Quevedo, Secretario, 14, Etiam ipsomet die P. Seraphino. in scriptis animarum Curatoris nominationem dedit, quam brevitatis gratia, cum nil speciale habeat, nolumus hic transcribere. Similiter Sanctum Inquisitionis Officiam ipsius Arcis del Peñon, suaecque ¡urisdic- tionis locorum Commissarium, praedictum P. Josephum Grana- tensem sequentes per Litteras constituit: Nos los Inquisidores Apostolicos contra la heretica pravedad, y Apostacia, en esta Ciudad y Reino de Granada por autoridad Apostolica, etc. Confiando de la: ciencia, y recta conciencia de Vos, el P. Fr. Joseph de Granada Religiosso Capuchino Sacerdote, Predicador, y Confessor, que sois persona, que bien y fielmente hareis lo que por Nos os fuere commetido y encommendado, y mas conforme fuere al servicio de Nuestro Señor y a la Exal- tacion de nuestra Santa Fee Catholica, — Por el tenor de la Presente, por la autoridad á Nos commetida, y que en esta parte
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