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56 Provincia Baethica A E AS RIA tiles excolendos suscepit, Andalucii Missionarii partem prae- dictorum Gentilium assument instruendos, et Valentini aliam partem; nam cum sint innumeri praedicti Gentiles, non solum Andalucii, et Valentini Missionarii, sed alii etiam Religiosi in ea vyinea Domini excolenda occupari poterunt. — Franciscus Ingolus, Secretarius. 16, lllmus D, Sacrae Congregationis Secretarius hispanico sermone etiam E. P. Provinciali Epistolam seripsit, in qua an- terioris sensum Decreti latius explanat, ut ex ea ipsa constat, cuius bic est tenor: Recibo la de Y. P, de 4 de Abril, y en respuesta digo: 1” Que se ha enviado el Decreto de la Mision de los Negros a Mons." Nuncio en el qual Y. P. ha sido nombrado Prefecto por ser Provincial, y arrimar la Mission a la Provincia de Andalucia, de la manera que V. P. deseaba, Y porque la Sac. Congregacion, por no confundir su jurisdiccion con la de los Superiores de: las Religiones, ordena que las Prefecturas de las Missiones se des- pachen sub nomine proprio, et non sub nomine Offici¿: quando se elige el nuevo Provincial, teniendo aviso la Sac. Congregacion, elige por Prefecto el nuevo; y llegando el Despacho, cesa la autoridad del viejo; y assi no se confunden las jurisdicciones; y se cargan las Missiones a las Provincias, y sus Definitorios. 2” Que Y. P. elegido por el dicho Decreto, Prefecto, puede en virtud de la facultad que en el se concede, nombrar por Vice-Prefecto al P, Fr, Manuel, y communicarle la facultad, la qual tambien se invio á Mons." Nuncio; y assi no es necessario acudir a la Sacra Congregación para elegirle Vice-Prefecto, 3” Con otro Decreto se ha dado facultad a Mons," Nuncio, que pueda subrogar tambien de otras Provincias de Religiosos Capuchinos en lugar de los que han sido nombrados, caso, que no puedan, Ó no quieran ir a la Mission de los Nigritas, y juntamente para la de el Congo. Y en el dicho Decreto se en- tiende tambien, que se comprehende en caso de la muerte, porque por la muerte de alguno, no se puede suplir de el numero de- terminado á la Mission; y assi Mons,! Nuncio, con aprobacion de el Provincial, y Diffinitorio, puede substituir otro Religioso. en lugar del P, Fr, Francisco de Arovalle, y consiguientemente el P, Fr. Juan Francisco de Antequera, Y con dicho Decreto se da satisfaccion a la 2* y 3* peticion, que se contiene en la de Y, P,
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