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154 Provincia Baethica LLL LLO > LLSS a” rr A AAA a q las tentaziones y sugestiones del comun enemigo, y se dé buen exemplo a todos. Y con la misma formalidad, mandamos que sin urgentissima causa no se dejen en todo el año las tres disci- plinas, del lunes, miercoles y viernes, de cada semana, y todos los dias de la Semana Santa, como lo observa toda nuestra Religion en cumplimiento de lo que ordena el dicho Capitulo tercero de las sagradas Constituziones de nuestra Orden, fundadas en que nuestro cuerpo, no se rebele contra el espiritu, y que conside- remos la azerbissima Passion, y penosissima flagelacion de nues- tro Señor Jesu Christo, sobre que oneramos la conzienzia de los Prefectos, que deben en la vissita de nuestras Missiones cas- tigar qualquiera tibieza de nuestros Missionarios, en la obser- vancia de esta Ordenacion. 12, Ittem. Que por quanto los Capuchinos, por nuestra estre- chissima Profession, debemos ser, y somos espectaculo al Mundo, a los Angeles, y a los Hombres, para evitar todo peligro, y oca- sion de sospecha, y mal exemplo a los que debemos edificar con sanctas operaciones: Mandamos, en virtud del Spiritu Santo, y con precepto formal de santa Obedienza a todos los Missionarios de nuestras Missiones de las Indias, no permitan que entren mugeres en lo interior de las. cassas donde viven, y asisten nuestros Missionarios, sino acompañadas siempre de algunas Per- sonas honrradas, ó de algunos Indios de capacidad, todos los quales han de estar siempre presentes, con dichas mugeres hasta que salgan de las dichas cassas de nuestros Missionarios, y que en tal caso sea en urgenzia inescusable, pena de privacion de voz activa, y passiva, por tres elecciones, al que hiziere lo con- trario, 13. Ittem. Suplicamos a Su Magestad se sirva (para obiar muchos inconvenientes que hemos experimentado) mandar que las Reales zedulas, que fuere servido exhibir a los Missionarios, las presenten ante el Comissario general, para que tenga notizia de ellas, y que sino, llevaren thestimonio a las Indias, de ha- verlas presentado dicho Commissario general, las dé Y. Mages- tad por nullas, porque el tal remedio es para el bueno gobierno. 14. Ittem. Ordenamos a todos nuestros Missionarios de In- dias, que son, ó con el tiempo fueren, que cumplan, y con toda vigilanzia guarden las Reales leyes y ordenaciones de Su Ma- gostad (que Dios guarde) expedidas para el gobierno de nuestras

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